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MEP publica en La Gaceta nuevo reglamento de evaluación y conducta que regirá a partir de este 2026

Nota de conducta se tomará en cuenta para determinar si un estudiante pasa el año; además, se eliminó el sistema de arrastre de materias.

El Ministerio de Educación Pública (MEP) publicó este jueves en el Diario Oficial La Gaceta el Decreto Ejecutivo 45.509-MEP, que establece el nuevo Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y de la Conducta y deja sin efecto la normativa vigente desde 2018.

La Presidencia de la República y el MEP firmaron el decreto el 25 de febrero, luego que el Consejo Superior de Educación aprobara la reforma en sus sesiones del 12 y 23 de febrero. Con la publicación oficial, el nuevo reglamento entra en vigor y regirá a partir del curso lectivo 2026.

Entre los principales cambios figura la eliminación del sistema de arrastre de materias. Desde ahora, el estudiantado que repruebe una asignatura deberá repetir el año completo.

El reglamento incluye un transitorio para el estudiantado de Tercer Ciclo y Educación Diversificada que adelantaba materias al cierre del curso lectivo 2025. Estas personas podrán concluir ese proceso durante 2026 y 2027 bajo condiciones específicas: si un estudiante reprobó en 2025 una asignatura tras agotar la actividad de recuperación, las pruebas de ampliación y la estrategia de promoción, solo podrá matricular en 2026 las materias pendientes cuya aprobación resulte indispensable para aprobar el nivel.

Quienes adelantaron y aprobaron asignaturas en 2025 o en cursos previos conservarán esas aprobaciones. Una vez concluido el periodo transitorio, el estudiantado con materias pendientes no podrá adelantar nuevas asignaturas y deberá cursar integralmente el año en el que se encuentre matriculado.

Conducta como requisito para aprobar

El reglamento establece una nota mínima de conducta para aprobar el año. En los ciclos I, II y III la calificación mínima será de 65. En Educación Diversificada, el mínimo sube a 70.

Si un estudiante obtiene una nota inferior, quedará “aplazado en conducta” y deberá realizar un trabajo con enfoque socioeducativo, independientemente de su rendimiento académico. Si incumple esa medida según los lineamientos fijados, quedará “reprobado en conducta” y deberá repetir el año completo.

El texto también define rebajos específicos según la gravedad de la falta: cinco puntos por faltas muy leves; diez por leves; veinte por graves; treinta por muy graves; y cincuenta por gravísimas. En los casos más severos, el centro educativo impondrá además una suspensión de hasta 30 días naturales.

El reglamento clasifica como faltas muy leves conductas como el uso incorrecto del uniforme, accesorios no autorizados o el incumplimiento de normas de presentación personal.

Entre las faltas leves figuran interrupciones al proceso de aprendizaje, fugas de lecciones, ausencias injustificadas a actividades convocadas y el uso indebido del cuaderno de comunicaciones.

Las faltas graves incluyen daños a bienes del centro educativo, sustracción de pertenencias, uso de lenguaje vulgar contra miembros de la comunidad educativa, falsificación o plagio de pruebas, consumo o portación de alcohol, así como el uso no autorizado de dispositivos móviles que interfieran en el proceso de aprendizaje.

El reglamento considera muy graves acciones como impedir el desarrollo normal de actividades del centro, portar armas u objetos peligrosos, incitar conductas que atenten contra la salud o seguridad, realizar actos discriminatorios o participar en situaciones de violencia, incluido el acoso escolar.

Entre las faltas gravísimas se encuentran la agresión física contra miembros de la comunidad educativa, la difusión o comercio de material de índole sexual o violento —incluido el generado mediante herramientas tecnológicas como la inteligencia artificial—, el consumo o distribución de sustancias psicoactivas y el ciberacoso reiterado. En estos casos, el centro educativo aplicará una suspensión de 30 días naturales.

Nuevos porcentajes de evaluación

La normativa redefine el peso de cada componente en la calificación final.

En el primer y segundo ciclo de primaria, en asignaturas como Matemática, Estudios Sociales, Educación Cívica, Ciencias, Español y lengua extranjera, las tareas representarán el 50% de la nota, dos pruebas en conjunto el 35% y la asistencia el 5%.

En el tercer ciclo, el trabajo cotidiano equivaldrá al 45%, las tareas al 10%, dos exámenes sumarán el 40% y la asistencia el 5%.

En Educación Diversificada, en materias como Matemática, Español, Estudios Sociales, Biología, Física, Química y Lengua Extranjera, el trabajo cotidiano tendrá un peso del 35%, dos pruebas en conjunto el 50%, las tareas el 10% y la asistencia el 5%.

El reglamento también dispone que solo podrán realizar pruebas de ampliación quienes hayan asistido al menos al 80% de las lecciones impartidas en la asignatura. Además, el estudiantado de tercer ciclo y diversificada solo podrá optar por la estrategia de promoción tras perder las pruebas de ampliación si realizó todas las evaluaciones del curso, incluidas las de ampliación, presentó todas las tareas y asistió al menos al 80% de las clases.

El reglamento en su totalidad puede ser leído en este enlace.