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Gobierno declara "inopia" en cargo de dirección de la Policía de Tránsito tras cinco meses vacante

MOPT alega que ningún oficial reúne las condiciones exigidas para ocupar el cargo.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) declaró la inopia para ocupar el cargo de director de la Dirección General de la Policía de Tránsito, tras alegar que ninguna persona funcionaria cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser nombrado en ese puesto.

La resolución N.° 2026-0049, firmada el 23 de enero de 2026 por el ministro Efraím Zeledón Leiva, de la cual Delfino.cr tiene copia, señala que el puesto permanece vacante desde septiembre de 2025. Ante esa situación, el Ministerio activó los procesos administrativos para identificar candidaturas internas y externas, sin obtener resultados favorables.

La normativa establece que quien ocupe la dirección debe ostentar el rango de comisario, según el Reglamento del Escalafón Policial de la Dirección General de la Policía de Tránsito y la Ley General de Policía.

Además, la persona aspirante debe cumplir requisitos adicionales, entre ellos un año de antigüedad como comisionado, certificación de supervisión de personal policial, licenciatura, calificación mínima de “Muy Bueno” en la última evaluación de desempeño, participación y resultado favorable en concurso interno por antecedentes, cumplimiento de un período de prueba de tres meses e ingreso a la lista de elegibles para optar por el Curso de Oficial Superior de Policía.

Según un informe de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Personal, solo un oficial ostenta el rango de comisario: Gerardo Dávila Villalobos. No obstante, el funcionario no cuenta con el Curso de Oficiales Ejecutivos ni con el Curso de Oficiales Superiores, ni con convalidaciones equivalentes, por lo que no reúne las condiciones técnicas para asumir la dirección.

El resto de oficiales identificados poseen rangos de comisionado o comandante, pero ninguno ostenta el grado de comisario ni cumple los requisitos técnicos exigidos. El MOPT también publicó, mediante un alcance en el diario oficial La Gaceta, la apertura para recibir postulaciones externas bajo la figura de nombramiento de confianza. El Ministerio alegó no haber recibido ofertas válidas dentro del plazo conferido.

De forma paralela, el Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública informó, el 2 de enero de 2026, que tras revisar su base de datos institucional determinó que el requisito de ostentar el grado de comisario y contar con el Curso de Oficiales Superiores reduce de manera significativa el universo de posibles oferentes. Además, indicó que el personal que sí cumple con ese perfil ocupa actualmente puestos de confianza.

La resolución fundamenta la decisión en la figura de la inopia, mecanismo excepcional al que puede acudir la Administración cuando agota los procedimientos ordinarios de reclutamiento y no encuentra personas que cumplan todos los requisitos para un cargo, pero debe garantizar la continuidad del servicio público.

El documento cita el dictamen C-191-2021 del 30 de junio de 2021 de la Procuraduría General de la República, el cual establece que la declaratoria de inopia no elimina el principio constitucional de idoneidad previsto en el artículo 192 de la Constitución Política. Según ese criterio, la Administración puede flexibilizar determinados requisitos de forma transitoria y debidamente motivada, siempre que la persona designada cuente con las competencias mínimas necesarias y sin convertir la medida en una solución permanente.

Con la declaratoria, el Ministerio autorizó a la Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humanos y al Despacho Ministerial a activar mecanismos extraordinarios, entre ellos la designación temporal o el nombramiento excepcional, con el fin de asegurar la continuidad del servicio y la conducción de la Policía de Tránsito.

La resolución establece que la inopia regirá únicamente hasta que exista una persona que cumpla la totalidad de los requisitos para ocupar el cargo de manera ordinaria. Además, ordena reactivar los procesos de reclutamiento cuando se presenten condiciones objetivas que permitan llenar la plaza conforme a la normativa vigente.