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Contribuyentes deben reforzar la revisión del impuesto a utilidades ante su primera declaración en Tribu-CR para evitar sanciones

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Silvia Castro, socia de Impuestos del Despacho Carvajal y Colegiados, advierte a los contribuyentes que la primera declaración del impuesto en el sistema Tribu-CR trae tres cambios importantes a tomar en cuenta.

La declaración del Impuesto sobre las Utilidades correspondiente al período fiscal 2025 marcará un hito para los contribuyentes, al ser la primera vez que este tributo se presenta mediante la plataforma Tribu-CR. Aunque otros impuestos ya se han venido declarando en el sistema, la declaración y el pago de renta implica ajustes relevantes que obligan a reforzar los procesos de revisión antes de su presentación.

De acuerdo con el Despacho Carvajal & Colegiados, la normativa aplicable al impuesto no ha cambiado; sin embargo, el nuevo sistema modifica la forma en que se completa el formulario y cómo la información es interpretada y procesada por la Dirección General de Tributación (DGT) del Ministerio de Hacienda, lo que puede generar diferencias si no se realizan verificaciones adecuadas.

“Estamos ante un proceso de transición que implica una curva de aprendizaje tanto para contribuyentes como para asesores y para la propia Administración Tributaria. El control contable y la correcta aplicación de la normativa siguen siendo los mismos, pero la forma en que el sistema captura y refleja la información requiere una revisión más detallada”, explicó Silvia Castro, socia de Impuestos del Despacho Carvajal y Colegiados.

Entre los principales cambios que el despacho recomienda revisar con especial atención destacan:

Exclusiones de la renta bruta: En el nuevo formulario de Tribu-CR, los ingresos no gravables se incorporan únicamente una vez dentro del total de ingresos, y el sistema interpreta que lo incluido en la casilla de “Exclusiones de la renta” no forma parte de la base imponible.

Costo de ventas en contribuyentes de servicios: El nuevo sistema no permite digitar directamente el costo de ventas para ciertos contribuyentes, ya que lo calcula mediante fórmula. Según criterios de la DGT, en casos específicos este monto debe incorporarse en la casilla de “otros costos, gastos y deducciones permitidos por Ley”, lo que exige especial cuidado al completar la declaración.

Retenciones del 2% de entidades del Estado y pagos parciales: A diferencia del sistema anterior, las retenciones ya no se ingresan manualmente, sino que Tribu-CR las arrastra automáticamente desde la información reportada por los retenedores. Esto implica que el contribuyente solo puede visualizar el monto aplicado después de presentar la declaración, por lo que resulta indispensable conciliar previamente la información contable, las certificaciones recibidas y los pagos parciales de renta registrados.

Castro señaló que estos ajustes operativos forman parte del proceso de transición hacia un sistema integral digital y que, aunque la plataforma busca facilitar la gestión tributaria, en esta etapa inicial es recomendable reforzar controles cruzados entre la contabilidad y la información reportada a terceros, como entidades financieras u otras instituciones. Por ello, es importante que los contribuyentes se asesoren con sus contadores de confianza.

La experta tributaria recordó que la declaración del impuesto sobre las utilidades correspondiente al período fiscal 2025 debe presentarse a más tardar el 15 de marzo. Los contribuyentes que no cumplan con esta obligación dentro del plazo se exponen a una multa equivalente a medio salario base, actualmente fijado en ₡231.100.


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