Costa Rica atraviesa el momento más sangriento de su historia contemporánea. Las cifras son frías, pero los cuerpos son reales: cerramos el 2023 con el récord histórico de 907 homicidios, 880 en 2024 y 873 en 2025. Sin embargo, lo más alarmante no es solo el cuánto, sino el cómo: la profesionalización de la muerte.
Como abogado y criminólogo, he analizado con preocupación cómo nuestro sistema penal, diseñado en la década de 1970, se ha convertido en una coladera procesal para el crimen organizado. El problema radica en una desconexión entre la realidad de las calles y la letra de la ley, específicamente en el artículo 112 del Código Penal.
Actualmente, para que un juez condene a un sicario con la pena máxima de Homicidio Calificado (hasta 35 años), el Ministerio Público debe probar la agravante del inciso 9: que el crimen se cometió "por precio o promesa remuneratoria". Esto suena lógico en teoría, pero en la práctica forense es una trampa.
Exige una "prueba diabólica". El fiscal no solo debe probar que el sujeto A mató al sujeto B, sino que debe probar que hubo un pago específico por esa muerte. Pero el crimen moderno ya no deja recibos. Los sicarios actuales no siempre cobran "a destajo" (por muerto); a menudo son "soldados" asalariados en una planilla criminal semanal, o reciben pagos en especie (droga o armas), o mediante criptoactivos indetectables.
Cuando la Fiscalía no logra encontrar la transferencia bancaria o el testigo que escuchó la oferta del dinero —lo cual sucede en la gran mayoría de los casos debido a la omertá o ley del silencio—, los tribunales se ven obligados a recalificar el hecho como Homicidio Simple. ¿El resultado? Un crimen ejecutado con frialdad profesional recibe la misma pena base (12 a 18 años) que si el homicidio fuera resultado de una riña de bar. El sistema premia al sicario profesional que no deja rastro financiero.
La solución: castigar el hecho, no el motivo
La reforma que urjo a la Asamblea Legislativa es técnica pero vital: debemos modificar el artículo 112 para agregar una causal objetiva de agravación: cuando el homicidio sea cometido con el concurso de dos o más personas.
El sicariato en Costa Rica tiene una morfología clara: dos sujetos en una motocicleta. No es una coincidencia, es una táctica de guerra urbana. Existe una división funcional del trabajo criminal que aumenta letalmente la efectividad del ataque: un conductor experto que garantiza la aproximación y la fuga, y un tirador liberado de otras tareas para concentrarse en ejecutar.
Esta "pluralidad de intervinientes" coloca a la víctima en un estado de indefensión absoluta. Enfrentar a un binomio operativo anula cualquier posibilidad de supervivencia. Por tanto, el reproche penal debe ser mayor, independientemente de si logramos probar cuánto dinero cambió de manos.
La incoherencia del sistema actual
Para entender lo absurdo de nuestra situación actual, basta ver los delitos contra la propiedad. El artículo 213 de nuestro Código Penal agrava el robo cuando es cometido "por dos o más personas". Es decir, si dos sujetos le roban el celular en la calle, la ley considera que es más grave por la cobardía de actuar en grupo.
Sin embargo, si esos mismos dos sujetos lo matan, la ley penal no contempla esa pluralidad como una agravante automática para el homicidio. Hoy, en Costa Rica, protegemos con más celo técnico la propiedad que la vida humana frente a los ataques en grupo.
Hacia una legislación objetiva
Países como Argentina ya han recorrido este camino sancionando el "concurso premeditado de dos o más personas". La ventaja de esta reforma es probatoria: acreditar que en la moto iban dos personas es un hecho objetivo, visible en cámaras de seguridad y por testigos presenciales. No requiere infiltrar las cuentas bancarias de una mafia internacional.
Si logramos probar que llegaron dos, mataron y huyeron, deberíamos poder aplicar la pena máxima de 35 años sin depender de confiscar su contabilidad.
No podemos seguir combatiendo criminales del siglo XXI con leyes del siglo XX. La reforma al artículo 112 no acabará por sí sola con la violencia, pero enviará un mensaje claro y, sobre todo, entregará a los jueces y fiscales la herramienta necesaria para que la ejecución en grupo se pague con vejez en prisión, y no con una puerta giratoria basada en tecnicismos probatorios.
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