Sentencia es de 8 años de prisión por el delito de peculado.
Lo que inició como una necesidad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) para realizar el proceso de nacionalización de dos embarcaciones adquiridas, terminó con una sentencia en contra de un funcionario público y de un empresario, al que se le adjudicó de manera irregular un servicio millonario.
En el juicio, que finalizó el 9 de diciembre del 2025, la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) logró que Félix Pecou Johnson, jefe del Departamento de Proveeduría de Japdeva, y Javier Fonseca Castañeda, empresario, fueran sentenciados a ocho años de prisión, cada uno, por dos delitos de peculado.
Además, el Tribunal Penal de Hacienda y la Función Pública les impuso la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante cinco años.
Mientras la sentencia queda en firme, ambos deben firmar una vez al mes, mantener el domicilio actualizado, debieron entregar el pasaporte y tienen prohibición para salir del país, como medidas cautelares.
Los hechos acusados por el Ministerio Público ocurrieron en el 2005, cuando la institución inició el proceso de contratación directa para nacionalizar la lancha remolcadora Quribrí y la Grúa Portica Pablo Presbere. El Departamento de Proveeduría invitó a cinco empresas distintas para que, la seleccionada, realizara los trámites de desalmacenaje y nacionalización.
El departamento eligió los servicios del imputado Fonseca, a pesar de que él no estaba habilitado para ejercer el cargo de agente aduanero y sin que fuera la mejor oferta recibida bajo criterio técnico.
En julio del 2005 se hizo la adjudicación al imputado por un monto total de ₡168.712.580.14, de fondos públicos, para el pago de impuestos y cargas tributarias.
Sin embargo, según logró comprobar la FAPTA, mediante engaño y con la utilización de un tercer imputado ya fallecido, el cual sí era agente aduanero autorizado, los imputados insertaron información falsa en las Declaraciones Únicas Aduaneras, para realizar un pago mucho menor del que se debía de realizar por el trámite.
Lo anterior permitió que los imputados pagaran únicamente ₡89.000.000 aproximadamente, obteniendo un beneficio indebido de más de ₵76.000.000, monto que no fue justificado ni devuelto a JAPDEVA.
El segundo delito de peculado que comprobó la FAPTA se dio por otro mal manejo de fondos públicos. En agosto del mismo año, Pecou autorizó un nuevo pago, con el pretexto de que las embarcaciones habían caído en abandono, al no ser nacionalizadas en el tiempo debido y que el costo de esa gestión tenía un valor adicional de ₵39.347.286.63, monto solicitado por Fonseca Castañeda.
El dinero fue girado sin que existiera algún documento que acreditara lo dicho por el funcionario, por lo que se provocó un perjuicio económico total de más de ₵115.000.000.
El caso se tramitó en el expediente 06-200220-0472-PE.



