
Las declaraciones presentadas después de esa fecha estarán sujetas a sanciones e intereses.
Producto de la implementación del nuevo Sistema Integrado de Gestión Tributaria TRIBU-CR, que entró en vigencia el 6 de octubre, se trasladó por una única vez, el plazo para la presentación y pago de las declaraciones autoliquidativas correspondientes a setiembre, y las declaraciones informativas correspondientes a julio y agosto del presente año. Por ello y por una única ocasión, los contribuyentes tienen hasta este 24 de octubre, para cumplir con sus obligaciones tributarias esto de acuerdo con la Resolución N.° MH-DGT-RES-0047-2025 emitida por el Ministerio de Hacienda.
“Esta resolución amplía el plazo de presentación para garantizar seguridad jurídica tanto a los contribuyentes como a la Administración Tributaria, considerando la migración de información y la deshabilitación temporal de los sistemas anteriores”, explicó Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos.
Zamora destacó que los contribuyentes que presenten las declaraciones a más tardar el 24 de octubre de 2025 no incurrirán en infracciones por presentación tardía ni se les aplicarán intereses, siempre que lo hagan mediante el sistema TRIBU-CR.
Por lo contrario, cualquier presentación posterior a esa fecha estará sujeta a las sanciones por omisión o presentación tardía, según lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Formularios comprendidos en la ampliación de plazo
Entre las declaraciones autoliquidativas que podrán presentarse hasta el 24 de octubre de 2025 de acuerdo con la resolución MH-DGT-RES-0047-2025 se encuentran:
- Declaraciones sobre retenciones e impuestos asociados a servicios digitales transfronterizos.
- Retenciones sobre salarios, jubilaciones y otros pagos laborales.
- Impuesto al valor agregado.
- Impuestos sobre rentas de capital mobiliario, inmobiliario, y ganancias de capital.
- Impuesto sobre las utilidades de las loterías nacionales.
- Impuesto selectivo de consumo y otros impuestos específicos.
- Contribución parafiscal a la Cruz Roja.
- Impuesto a la venta y autoconsumo de cemento.
- Impuesto sobre casinos.
- Impuesto a los productos del tabaco.
- Impuesto a los vapeadores y accesorios.
Las declaraciones de impuestos presentadas pero pendientes de pago de periodos anteriores a septiembre 2025, pueden ser pagadas por medio de la plataforma TRIBU-CR con un débito en tiempo real (DTR), o en ventanillas de las entidades financieras autorizadas. Si las declaraciones no han sido presentadas, los contribuyentes deberán declarar por medio de TRIBU-CR.
Si al presentar las declaraciones le aparecen créditos que no corresponden según su contabilidad, debe presentarse una solicitud de revisión por medio de TRIBU-CR en la sección “Solicitudes y expedientes”, en la opción “Saldos migrados disponibles”.
Se invita a todos los contribuyentes a informarse por medio de los canales oficiales del Ministerio de Hacienda o visitar las sedes temporales que se han puesto a disposición de los contribuyentes. En las oficinas del Colegio de Contadores Públicos en Moravia hay una sede temporal del Ministerio de Hacienda hasta el 24 de octubre y puede consultar ahí sus dudas.
También pueden asistir a la Jornada de Actualización Tributaria del Colegio, que se realizará el 30 de octubre (modo virtual) y el 31 de octubre (presencial, Hotel Crowne Plaza), donde se abordarán temas relacionados con las responsabilidades tributarias actuales, como cierre fiscal, gestión de riesgos tributarios, gastos deducibles, sostenibilidad, precios de transferencia e impuesto mínimo global.