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BN Vital facilita el proceso de retiro de fondos de pensión de afiliados fallecidos

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Colaboración con agencia

Fondos pueden ser reclamados por sus beneficiarios legales.

BN Vital informa que ha publicado la lista actualizada de personas afiliadas fallecidas que aún tienen dinero acumulado en sus cuentas del fondo de pensión complementaria. Estos fondos pueden ser reclamados por sus beneficiarios legales, según lo que haya designado el Régimen Básico de Pensiones (IVM, JUPEMA o Poder Judicial) al cual cotizaba el afiliado, y en caso de no tener beneficiarios del régimen básico se considerarán los que el afiliado fallecido haya designado en su operadora de pensiones, y para aquellos casos en los que tampoco haya designado beneficiarios en la operadora, los mismos serán los que determine un juzgado.

Los recursos disponibles corresponden a tres tipos de fondos:

  • ROP: Régimen Obligatorio de Pensiones
  • FCL: Fondo de Capitalización Laboral
  • Plan Voluntario de Pensiones

¿Cómo saber si puede reclamar fondos?

  1. Revise la lista de afiliados fallecidos publicada por BN Vital en su página web o visitando este enlace.
  2. Contacte a BN Vital para verificar si el afiliado fallecido le designó como beneficiario.

¿Quién puede recibir el dinero?

Cuando una persona afiliada fallece, el orden para definir quién puede reclamar los fondos es el siguiente:

  1. Beneficiarios del régimen básico de pensiones
    (IVM de la CCSS, JUPEMA o Poder Judicial). BN Vital verifica esta información primero.
  2. Beneficiarios registrados en BN Vital
    Si no hay beneficiarios en el régimen básico, se revisan los que el afiliado haya designado directamente en BN Vital.
  3. Si no hay beneficiarios registrados
    Los interesados deben acudir al Juzgado de Trabajo, que determinará quiénes tienen derecho a los fondos.
  4. Guía para reclamar fondos según el tipo de pensión
  5. ROP – Régimen Obligatorio de Pensiones
  6. Verifique si su familiar fallecido aparece en la lista publicada por BN Vital.
  7. Consulte si el afiliado fallecido tenía beneficiarios registrados. Primero se revisa si tenía beneficiarios  en el régimen básico de pensiones al cual cotizaba (como IVM, JUPEMA o Poder Judicial).   Si no hay beneficiarios definidos en ese régimen, usted debe esperar 12 meses desde la fecha de fallecimiento del afiliado para solicitar una certificación que confirme que no se han nombrado beneficiarios.  Una vez obtenida esa certificación, se puede aplicar la designación de beneficiarios registrada en BN Vital.
  8. Si está registrado como beneficiario en BN Vital, debe presentar:
  9. Su cédula de identidad vigente o DIMEX.
  10. Su número de cuenta IBAN activa.
  11. El certificado de defunción del afiliado.
  12. Si el beneficiario es menor de edad, también debe presentar la certificación de nacimiento.
  13. Si no hay beneficiarios registrados, debe iniciar el trámite ante el Juzgado de Trabajo:
  14. El juzgado determinará quiénes son  los beneficiarios legales y autorizará el pago.
  15. BN Vital transferirá los fondos a la cuenta judicial correspondiente y el Juzgado procederá a liquidar los fondos al beneficiario
  16. FCL – Fondo de Capitalización Laboral
  17. Verifique que el familiar esté en la lista publicada por BN Vital.
  18. Este trámite se realiza únicamente en el Juzgado de Trabajo.
  19. El juzgado definirá los beneficiarios legales y autorizará el pago.
  20. BN Vital transferirá los fondos a la cuenta judicial correspondiente y el Juzgado procederá a liquidar los fondos al beneficiario
  21. Plan Voluntario de Pensiones
  22. Verifique que el familiar esté en la lista publicada por BN Vital.
  23. Consulte si el afiliado fallecido designó beneficiarios.
  24. Si está registrado como beneficiario:
  25. Presente su cédula vigente.
  26. Proporcione su número de cuenta IBAN activa.
  27. Presente el certificado de defunción del afiliado.
  28. Si el beneficiario es menor de edad, también debe presentar la certificación de nacimiento.
  29. Si no hay beneficiarios registrados:
  30. Inicie el trámite ante el Juzgado de Trabajo.
  31. El juzgado definirá a los beneficiarios legales y autorizará el pago.
  32. BN Vital transferirá los fondos a la cuenta judicial correspondiente y el Juzgado procederá a liquidar los fondos al beneficiario

¿Qué pasa si nadie reclama los fondos?

Si pasan 10 años desde el fallecimiento del afiliado y nadie reclama el dinero del fondo del ROP y del Plan Voluntario, BN Vital debe transferir esos recursos al Régimen No Contributivo de la CCSS, donde se usan para pagar pensiones a personas en condición de pobreza.

Esto asegura que el dinero siga cumpliendo una función social.

¿Dónde obtener más información?

BN Vital reafirma su compromiso con la transparencia, el bienestar de sus afiliados y el uso responsable de los fondos de pensión.