Respuesta del TSE es emitida tras la consulta formulada por el Secretario General del PLN, Miguel Guillén.

Este 26 de agosto, en resolución n.° 5506-E7-2025, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reiteró al Partido Liberación Nacional (PLN) que su asamblea nacional renovada no puede hacer nombramientos cantonales.

La resolución, emitida en respuesta a la consulta formulada por el Secretario General de la agrupación, Miguel Guillén, aclara que las omisiones en la postulación de candidaturas atribuibles a las asambleas cantonales habilitan a las asambleas superiores para realizar, de manera directa, esas designaciones.

Esto porque la legislación electoral (inciso k. del numeral 52 del Código Electoral) expresamente reconoce, como facultad de la asamblea superior, el ratificar las papeletas que presentarán las agrupaciones políticas al electorado. De ello no se deriva una potestad análoga respecto de las delegaciones y órganos territoriales, pues estos deben ser designados por la militancia del respectivo distrito, cantón o provincia según corresponda, recordó el TSE.

Conceder esa potestad a la Asamblea Superior sería, en el fondo, invertir la lógica del sistema: desde la cúpula se estarían integrando los órganos de base, lo cual otorgaría un control y poder contrarios al principio de democracia interna partidaria".

Desde el TSE señalaron que, si bien el estatuto del PLN autoriza a la asamblea nacional para que nombre delegaciones y órganos ejecutivos territoriales, esa norma no se ajusta al mandato constitucional según el cual el funcionamiento de las agrupaciones políticas debe ser participativo, privilegiándose el peso de los representantes de los territorios y acotándose las atribuciones de la cúpula.

Por ello, con base en el poder-deber del TSE de desaplicar las disposiciones estatutarias que resulten ilegales o inconstitucionales, dispusieron que la regla del estatuto del PLN no es aplicable a los casos en los que se deban nombrar cargos territoriales.