Tribunal dictó medida cautelar para impedir suspensión del servicio mientras se tramita un recurso de amparo.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictó este martes una medida cautelar que impide suspender el servicio de agua potable en el cantón de Paraíso de Cartago, mientras se resuelve de forma definitiva un recurso de amparo interpuesto por una persona vecina de la comunidad.

La resolución se dio bajo el expediente 25-015818-0007-CO y tiene como partes denunciadas a la Municipalidad de Paraíso y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en el marco de un conflicto institucional por el cobro del servicio de captación y conducción del agua que el gobierno local distribuye.

Según la persona que interpuso el recurso, el suministro de agua que llega a los hogares del cantón es gestionado por el Departamento de Acueducto Municipal, pero proviene de tomas operadas por el AyA, entidad que exige el pago de 3418 millones de colones por agua suministrada desde 1997, y otros 46.98 millones de colones por el servicio del mes de mayo. Este cobro fue rechazado por la municipalidad, que denunció que la amenaza de suspensión del servicio era impertinente, ilegal y coercitiva.

Tras analizar los hechos, el alto tribunal ordenó como medida cautelar la suspensión de cualquier acción orientada a interrumpir el suministro del líquido. En su resolución, la Sala indicó que "la suspensión dispuesta por el artículo 41 citado implica ordenar a las autoridades recurridas no ejecutar la orden de suspensión de suministro de agua objeto de discusión en este recurso, hasta tanto la Sala no resuelva en sentencia el recurso, o no disponga otra cosa".

La resolución también ordena a las autoridades recurridas rendir un informe en un plazo de tres días hábiles ante la instancia constitucional, como parte del proceso de estudio del caso.