La Dirección General de Tributación recuerda a los contribuyentes cumplir con la obligación para evitar recargos e intereses.
La Dirección General de Tributación recordó que este lunes 30 de junio vence el plazo para realizar el primer pago parcial del impuesto sobre la renta correspondiente al periodo fiscal 2025, sin recargos ni intereses.
Adicionalmente, la presidenta del Colegio de Contadores Públicos, Dunia Zamora, recordó que es importante que los contribuyentes que tengan saldos a favor puedan utilizarlos y compensar este pago por medio del D-110 en el sistema ATV.
Los pagos parciales son los adelantos obligatorios que deben efectuarse en los meses de junio, setiembre y diciembre, al respecto, Zamora agregó:
Es importante tener presente que es posible solicitar, la eliminación o reducción de los pagos parciales; esta gestión debe realizarse antes del vencimiento del pago parcial”.
Dato D+: La sanción por incumplimiento del deber de llevar registros contables y financieros es de 462.200 colones, mientras que la sanción por morosidad en el pago del tributo es de 1% del monto a pagar por cada mes o fracción de mes, desde el momento en que debió efectuarse el pago del tributo hasta la fecha del pago.
Desde Hacienda recordaron que las personas contribuyentes pueden cumplir con su obligación de las siguientes maneras:
- Desde el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV), por medio de un Débito en Tiempo Real (DTR).
- Por conectividad, a través del sitio web de una entidad financiera autorizada, con cargo a su cuenta bancaria.
- De forma presencial, en las cajas de dichas entidades, indicando únicamente el número de cédula.
Además, Hacienda recordó que las personas contribuyentes que hayan recibido retenciones del 2% contempladas en la Ley del Impuesto sobre la Renta —por licitaciones, contrataciones o negocios con el Estado, municipalidades, empresas u otras entidades públicas— pueden solicitar la aplicación de los créditos correspondientes.
Finalmente, quienes hayan iniciado actividades durante el periodo fiscal actual deben estimar y pagar el impuesto a través del recibo oficial de pago.