Poder Judicial también deberá pagar al funcionario los salarios caídos desde agosto de 2024.

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda acogió este jueves una medida cautelar solicitada por José Alberto Rosales Obando para que se le reinstale temporalmente en la plaza que ocupaba en el Poder Judicial, tras haber sido despedido del puesto de letrado de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.

Rosales ingresó a laborar en el Poder Judicial desde julio del año 2011, y desde el 2014 trabajaba como letrado el despacho del entonces magistrado Román Solís Zelaya, sin embargo, tras el fallecimiento de este y la elección del magistrado Jorge Leiva Poveda en esa Sala, se le despidió alegando que su nombramiento era en una plaza de confianza, por lo que para el despido solo se requería cumplir con las obligaciones de preaviso y pago de los derechos laborales correspondientes.

Sin embargo, en su demanda Rosales argumentó que su despido se debió que desde febrero del año 2023 posee una discapacidad permanente, resultado de dos operaciones cervicales, por lo que desde junio del 2023 los Servicios de Salud del Poder Judicial le recomendaron ingresar al Programa de Readecuación Laboral por Razones de Salud".

Según señaló en la demanda presentada, "los magistrados de la Sala Primera don Luis Guillermo Rivas Loáciga y luego don Jorge Leiva Poveda se negaron a readecuarle las cuotas y a trasladarlo de puesto donde pudiera trabajar sin riesgos a su salud".

La demanda añade:

La verdadera intención de los magistrados, era que José Alberto renunciara; con su indiferencia lo empujaron al aislamiento y se valieron de todo para negarle una y otra vez la readecuación laboral solicitada".

El Estado (Poder Judicial, representado por la Procuraduría General de la República) se opuso a la demanda alegando que el letrado ostentaba un puesto de confianza del cual podía ser cesado, y que su nombramiento se realizó a instancias del magistrado Román Solís Zelaya, quien falleció en el ejercicio de la magistratura, por lo que el nexo de servicio se había roto.

El juez, sin embargo, determinó que existían elementos probatorios dirigidos a acreditar una afectación económica al demandante producto de su despido, por lo que ordenó su reinstalación en el cargo mientras se resuelve el caso por el fondo.

Dicha reinstalación será en la plaza que ocupaba, aunque esta deberá trasladarse temporalmente fuera de la Sala Primera.

En razón de lo anterior se estimaría necesario para salvaguardar el interés del particular y terceros, decretar provisionalmente como medida cautelar la reinstalación del actor en su plaza. No obstante lo anterior a efecto de tutelar la confianza y funciones de la Sala Primera, también se ordenararía provisionalmente trasladar la plaza en cuestión fuera de la Sala Primera".

Además, el juez ordenó que el Estado pague al funcionario los salarios dejados de percibir de manera retroactiva.