Veto es total y por razones de constitucionalidad.

El presidente Rodrigo Chaves Robles vetó este miércoles de forma total el proyecto de ley que habilitaba la realización de allanamientos judiciales a cualquier hora y día de la semana, incluyendo feriados. La iniciativa había sido aprobada por el Congreso bajo el expediente 24.495.

La decisión fue tomada por razones de constitucionalidad, según comunicó el Poder Ejecutivo en el oficio PR-P-0012-2025 remitido a la Asamblea Legislativa. El decreto legislativo vetado pretendía reformar el artículo 193 del Código Procesal Penal, eliminando las restricciones horarias actuales para que los jueces pudieran ordenar allanamientos sin necesidad de justificar urgencia o gravedad.

Sin embargo, el Ejecutivo consideró que la redacción aprobada genera inseguridad jurídica y contradicciones normativas, ya que por un lado permite los allanamientos sin limitación de horario, pero por otro mantiene una disposición que exige justificar la urgencia en la resolución judicial.

"¿Por qué si la autorización es general se establece una condición específica para aplicarla?", plantea el documento firmado por Chaves, que advierte que esta ambigüedad podría llevar a interpretaciones contradictorias entre jueces, vulnerando el derecho a la inviolabilidad del domicilio consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política.

Durante la conferencia de prensa de este miércoles 14 de mayo, el ministro de Comunicación, Arnold Zamora Miranda justificó el veto alegando que:

Este gobierno no le dará más poder a quienes claramente están abusando del que ya tienen. Es por eso que anunciamos que usted [Chaves] vetó el proyecto que le permitirá al OIJ y la Fiscalía hacer allanamientos a la hora que ellos quieran".

En el video subsiguiente transmitido en la conferencia, el Ejecutivo calificó de "incompetentes" al director del Organismo de Investigación Judicial, Randall Zúñiga; y al fiscal general Carlo Díaz.

De seguido, Chaves reiteró esos ataques contra ambos jerarcas, llamándolos "en el mejor de los casos, incompetentes, arbitrarios" y que "le aplican la ley como les da la gana a quienes a ellos les da la gana".

Yo como presidente de la república no voy a firmar una ley más que le dé más instrumentos a esos señores y a sus jefes en la Sala Tercera, y su jefe del Capo di tutti que se encuentra en otro edificio, para seguir amedrentando, aplicando la ley como les parece y a quienes les parece. La ley está vetada, uno no le da alas a animales ponzoñosos".

El Ejecutivo también cuestionó que la reforma otorga al juez una facultad irrestricta para autorizar allanamientos sin tomar en cuenta criterios de razonabilidad o proporcionalidad, especialmente en contextos donde pueden verse afectadas personas ajenas al proceso penal, como menores de edad o adultos mayores.

Así como [...] no puede utilizarse conceptos tan amplios para justificar una prisión preventiva, tampoco podría darse esa misma amplitud a la limitación del derecho [...] de inviolabilidad del domicilio”, cita el veto.

La reforma fue promovida con el argumento de que facilitaría la labor de investigación policial y permitiría recabar evidencia de forma más expedita. Según la exposición de motivos del proyecto, ampliar los horarios de allanamiento buscaba fortalecer el proceso penal sin afectar garantías fundamentales.

No obstante, Presidencia consideró que la propuesta no cumple con los principios de claridad normativa ni de proporcionalidad, y advirtió que tal como está redactada podría abrir un portillo a la impunidad, al generar vicios procesales que invaliden las pruebas obtenidas.

Si, amparado en la autorización general, un juez avalara un allanamiento en un día y horario no hábil no dejara constancia de la situación de urgencia o dicha constancia no se encuentre debidamente motivada, cualquier afectado podría alegar la nulidad del acto y, por tanto, invalidar toda la prueba recabada en esa diligencia. O, peor aún, podría interpretarse por parte del operador jurídico que el allanamiento solo procede en casos graves y urgentes. Y, para ahondar más en la confusión, podría generar inseguridad jurídica para el sujeto investigado, que no sabrá cuándo se requerirá o no la constancia de situación de urgencia para avalar el allanamiento fuera del horario ordinario, con lo cual podría quedar en estado de indefensión".

Con el veto total, el decreto legislativo 10.721 regresará a la Asamblea Legislativa. Al ser un veto únicamente por razones de constitucionalidad, si el Congreso discrepa con el Ejecutivo el tema pasará a análisis de la Sala Constitucional, la cual si rechaza las objeciones hechas por el gobierno, ordenará que se promulgue como ley tal y como se aprobó.