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El artículo 148 del Código de Trabajo establece los días feriados de pago obligatorio en el país.

Durante este mes de abril, los trabajadores podrán disfrutar de tres días feriados de pago obligatorio: el viernes 11 de abril (Día de Juan Santamaría) y los días jueves 17 y viernes 18 de abril (Jueves y Viernes Santos, respectivamente), conforme a lo establecido en el artículo 148 del Código de Trabajo.

“Es importante destacar que, según el Código de Trabajo, estos tres días son de disfrute obligatorio para los trabajadores. No obstante, en los casos de excepción contemplados en los artículos 150 y 151, los empleadores pueden solicitar a sus colaboradores que laboren en estos días, siempre que se realice el aviso correspondiente y se cumplan las condiciones de remuneración establecidas por la ley”, indicó Marco Esteban Arias, socio de BDS Asesores. 

La remuneración correcta para estos días feriados es la siguiente:

  • Para trabajadores con pago semanal en actividades no comerciales: se debe remunerar el salario correspondiente a los días trabajados y sumar un día adicional por cada feriado. En caso de que se laboren estos días, el pago debe ser doble.
  • Para trabajadores con pago mensual, quincenal o semanal en actividades comerciales: el salario ya incluye el pago de los días feriados. Si el trabajador labora durante estos días, se debe adicionar un día extra de salario. Asimismo, las horas extraordinarias deben pagarse con un recargo del 100%, lo que equivale a un pago triple.

Para aquellos trabajadores que deseen extender su descanso y disfrutar de la Semana Santa completa, existe la posibilidad de solicitar vacaciones a sus empleadores. Es fundamental recordar, además, que, para este año, no hay ninguna disposición legal que permita trasladar estos feriados a otras fechas.


Sobre BDS Asesores
BDS Asesores, fundada en 1997, es la firma líder de abogados especialistas en derecho laboral en Centroamérica, Panamá y República Dominicana, que brinda tanto asesoría preventiva como correctiva en conflictos laborales individuales y colectivos para múltiples organizaciones, empresas locales y multinacionales.
Desde el 1° de octubre del 2013, BDS Asesores se encuentra asociada con Littler Mendelson, P.C. (Littler), la firma de abogados más grande del mundo especializada en la representación del sector empleador en materia de derecho laboral.