Proyecto de ley habilitaría un proceso abreviado para que las multas por faltas electorales puedan ser aplicadas en menor tiempo.

El diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Carlos Felipe García Molina, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.904) para que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) pueda realizar un proceso sumario para la aplicación de las multas por faltas electorales.

Dato D+: Un proceso sumario es un tipo de procedimiento judicial que se caracteriza por su rapidez y simplificación en comparación con un proceso ordinario y se utiliza en casos donde la ley establece que la resolución debe ser más ágil debido a la naturaleza del asunto.

Según señala la exposición de motivos, actualmente, para aplicar una multa por faltas electorales el TSE debe seguir las etapas del procedimiento reguladas en los artículos de la Ley de Administración Pública (Ley 6227) lo que implica que la aplicación de las sanciones puede tardarse hasta después de finalizado el periodo electoral. Al respecto el proyecto señala:

Una resolución retardada del TSE con respecto a este tipo de actos sancionatorios puede desgastar la confianza en el organismo electoral, ya que da paso al cuestionamiento de la veracidad o transparencia de los comicios”.

El proyecto justifica el cambio señalando:

En aras de garantizar una libre determinación del votante, el TSE debería poder dar una respuesta antes del día de las elecciones, sobre todo cuando sucedan conductas ilícitas (faltas electorales) que entorpezcan el derecho del ciudadano de decidir, libremente y en consciencia, la opción política que más le parezca”.

El texto añade que, si se habilita un procedimiento administrativo sumario en el caso de faltas electorales, el TSE podría para dar una respuesta oportuna a un evento crítico de una coyuntura electoral, para lo cual propone modificar el artículo 297 del Código Electoral (Ley 8765), para facultar al TSE a que "realice un procedimiento administrativo sumario sui generis frente a la determinación de un hecho generador de multa, y en el que se garantice el debido proceso del presunto infractor".

La iniciativa presentada permitiría la tramitación más rápida de faltas como la publicación extemporánea o difusión ilegal de propaganda y encuestas, las prácticas indebidas de proselitismo electoral, propaganda contra los derechos políticos de las mujeres y apología al odio, entre otras

La reforma propone que el proceso sumario esté cargo de la Inspección Electoral, y deberá cumplir las siguientes etapas: la imputación de los cargos, el derecho de defensa, el ofrecimiento de pruebas de descargo, el acceso al expediente, la adecuada notificación de las actuaciones, la fundamentación de las decisiones y el derecho a recurrir la resolución desfavorable, además, señala que las pruebas deberán tramitarse sin señalamiento, comparecencia ni audiencia de las partes.

Adicionalmente, la reforma establece que la posibilidad de que la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE) pueda calificar una denuncia admitida como “asunto complejo”, para que esta lleve un procedimiento ordinario.

Según indica el texto presentado, la propuesta de ley fue elaborada a partir del análisis del letrado del TSE, Andrei Cambronero Torres, en su artículo "Sumario Electoral: Una Propuesta para la Atención Célere de Denuncias por Faltas Electorales".

Tras su presentación, el expediente deberá ser asignado a una comisión legislativa para que inicie su trámite correspondiente. Por tratarse de un tema electoral, si el TSE se opone a la iniciativa, su aprobación requeriría 38 votos y no podría ser votado después del 1 de agosto de este año para que aplique en la campaña de 2026.