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Derogatoria rige a partir de su publicación.

El 3 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta la Ley N° 10.586, denominada “Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y competitividad (Fase 1)”.

Esta Ley deroga varias disposiciones del Código Fiscal, entre ellas, el artículo 272, 273 y 274, a través de los cuales se regulaba el Impuesto de Timbre Fiscal.

Este impuesto resultaba aplicable a actos como testimonios, certificaciones de instrumento o documentos públicos no sujetos al Registro Nacional, en todo documento privado de contrato, en todo poder o fianza, entre otros.