Consejo Superior afirma que la negativa constituye un tipo de huelga, la cual es ilegal en servicios esenciales.
El Consejo Superior del Poder Judicial solicitó al procurador general de la república, Iván Vincenti Rojas, interponer una acción legal en contra de la negativa de los médicos forenses de trabajar horas extras y de cumplir sus roles de disponibilidad, alegando que tal medida de presión constituye un acto de huelga, la cual es ilegal en el servicio público esencial que prestan esos funcionarios.
Así consta en el oficio SP 458-2024 emitido por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y que fue entregado a Vincenti en su rol de abogado del Estado ayer jueves 5 de diciembre.
Según el documento, a pesar de que el Consejo Superior dirigió una advertencia a los médicos forenses, ordenándole al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) que informara a los funcionarios que su negativa a trabajar horas extras y cumplir los roles de disponibilidad les ocasionaría la apertura de procedimientos administrativos sancionatorios, "las personas médicas realizaron un abandono concertado y colectivo de sus funciones con el fin de ejercer presión para que se le modifique la forma y cuantía de pago de la disponibilidad".
Estamos ante un movimiento colectivo, concertado, unilateral tendiente a presionar al Poder Judicial para una reivindicación fundamentalmente salarial en un servicio público esencial que por ende hace que estemos en presencia de una huelga ilegal".
Según el informe del director jurídico Rodrigo Campos Hidalgo, conocido por el Consejo Superior, lo que está ocurriendo es una huelga atípica, tipificada en la legislación nacional como aquella que se aparta del modelo tradicional de huelga, que es un movimiento de protesta que tiene permanencia en el tiempo. En su lugar, en ese tipo de huelga las interrupciones del trabajo pueden ser intermitentes.
El criterio agrega que la huelga actualmente en curso es ilegal en virtud de que la Sala Constitucional, mediante la sentencia 2017-13786 señaló que el Departamento de Medicina Forense del OIJ y demás secciones de Medicina Legal de ese organismo prestan un servicio público esencial.
En su solicitud al procurador, se agrega que el movimiento de protesta está teniendo repercusiones negativas en la salud y la vida de la población, citando como ejemplo un caso que trascendió en prensa recientemente, en el que una víctima de agresión sexual no fue atendida conforme al protocolo interinstitucional de atención integral a personas víctimas de violación sexual, dentro de las 72 horas de ocurrido el evento.
La labor de los médicos que abandonaron sus obligaciones laborales de manera concertada y colectiva en cuanto a la disponibilidad genera riesgos a la vida y salud de las personas abusadas sexualmente porque afecta el tiempo de respuesta para poder brindarles antirretrovirales para cautelar un contagio por VIH".
Campos Hidalgo afirmó en la sesión del Consejo Superior que la solicitud de declaratoria de ilegalidad de la huelga era necesaria para cumplir con el artículo 661 del Código de Trabajo, que se reformó con la ley anti-huelgas promulgada durante la administración de Carlos Alvarado Quesada, en la que se establece la obligación de los jerarcas de las instituciones públicas de solicitar la declaratoria judicial de ilegalidad de esos movimientos dentro de las 24 horas siguientes a iniciada la acción de presión.
Tras debatir el informe jurídico, el Consejo Superior aprobó solicitar a la Procuraduría General de la República iniciar el procedimiento contemplado en el artículo 383 del Código de Trabajo para la declaratoria de ilegalidad del movimiento huelguístico, al señalar que se está afectando gravemente el servicio público esencial que brindan esos funcionarios en las horas inhábiles, que corresponden con consecuencias tanto en el tratamiento de cadáveres, eventual prueba en procesos jurisdiccionales y en la aplicación del Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas Víctimas de Violación Sexual.
Asimismo el Consejo Superior ordenó al OIJ aportar los elementos de prueba necesarios que demuestren la materialización de la huelga desde el domingo.
El acuerdo fue declarado en firme.