Obras buscarán rehabilitar ecosistemas urbanos y mejorar instalaciones recreativas.
El presidente de la república, Rodrigo Chaves Robles y el ministro de Ambiente, Franz Tattenbach Capra declararon de interés público todas las actividades necesarias para realizar obras de conservación, mejoramiento y sustitución parcial o total de las instalaciones existentes en el Parque Metropolitano La Sabana, en San José; y el Parque La Paz, en Paso Ancho.
Así fue ordenado en el Decreto Ejecutivo 44.788-MINAE que fue publicado en el Alcance N.º 201 a La Gaceta N.º 233 del pasado 11 de diciembre.
De acuerdo con la fundamentación del decreto, ambos parques constituyen los espacios verdes urbanos de mayor extensión de la Gran Área Metropolitana, y según datos del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder), son visitados anualmente por 2,6 millones de personas con fines recreativos, comerciales, deportivos y de entretenimiento masivo.
Durante años el lago del Parque Metropolitano La Sabana ha experimentado una pérdida casi total de la masa de agua del lago, alta sedimentación, contaminación del agua (el lago sobrepasa, en promedio, más de 12 veces el límite establecido de presencia de coliformes fecales), presencia de especies invasoras en el espejo de agua y pérdida de biodiversidad.
Pese a que en los años 2011 y 2014 se emitieron decretos declarando de interés público proyectos para el mejoramiento de dicho parque, las intervenciones para recuperar los lagos quedaron en segundo plano o nunca se llevaron a cabo.
De igual forma, los lagos del Parque La Paz han mostrado un deterioro significativo en los últimos años; el más grande de ellos está casi totalmente cubierto de vegetación invasora, lo que llevó a la suspensión de las actividades que allí solían realizarse, como pesca recreativa o navegación.
Estudios preliminares sugieren que los costos para rehabilitar ambos lagos y sus alrededores en todos los aspectos que permitan proporcionar a las personas visitantes, un espacio con las condiciones idóneas para la realizar actividades deportivas y recreativas manteniendo la funcionalidad ecológica del espacio, ascienden a los cinco millones de dólares".
El plan de intervención de ambos parques fue aprobado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) en noviembre de 2024.
Según el decreto, la rehabilitación de ambos parques es una acción que mejorará el estado y dinámica de ambos espacios, brindando lugares ecológicamente seguros y diversos para la recreación y el entretenimiento, simultáneamente beneficiando la biodiversidad urbana, en cumplimiento de la legislación nacional, así como de los compromisos políticos, nacionales e internacionales, asumidos por el país.
Ante ello, el decreto declara "de interés público" las obras de conservación, mejoramiento y sustitución, total o parcial, de las instalaciones existentes, para atención y facilidad del público y la instalación de sistemas de iluminación, construcción de canchas y de otras instalaciones deportivas en el Parque Metropolitano La Sabana y el Parque La Paz, sus alrededores y áreas conexas.
Según la disposición, las acciones de rehabilitación deberán fomentar las áreas que aumenten la biodiversidad urbana y mejoran la conectividad biológica, promuevan la adaptación ante el cambio climático, atenúen la contaminación y aumenten el valor estético y recreativo de ambos parques urbanos, la reactivación económica y la seguridad de los parques.
Dentro de las acciones de rehabilitación o mantenimiento que se podrán realizar se encuentran los estudios técnicos (hidrogeológico, topográfico, climático, estructural, arquitectónico) necesarios; el diseño del proyecto para la rehabilitación de los lagos; movimientos de tierra, obras constructivas para la impermeabilización de los lagos, mejora de tuberías receptoras de las aguas pluviales, implementación de islas flotantes para regulación micro climática y para promover mayor diversidad de aves acuáticas; y el desarrollo de sistemas de tratamiento de aguas residuales, desarrollo de soluciones basadas en la naturaleza y sistemas de drenaje urbano sostenible.
De igual forma las acciones comprenden la reforestación y desarrollo de jardines y elementos paisajísticos en contorno, con plantas arbóreas y herbáceas nativas y polinizadoras, para la rehabilitación del paisaje de alrededores del lago y el control de la erosión, la instalación de mobiliario urbano, la construcción o mantenimiento de infraestructura deportiva y/o recreativa, cualquier otra que resulte técnicamente necesaria para lograr la rehabilitación de los espejos de agua de ambos lagos, áreas de protección y sus alrededores, el diseño y construcción de iluminación deportiva y recreativa, el diseño y construcción de ciclovías o senderos dentro del parque; y la instalación de quioscos y cafeterías dentro de la huella existente del parque sin afectar las disposiciones patrimoniales de conservación.
Por último, el artículo 6 del decreto dispone que los trámites y solicitudes que se deban gestionar para la implementación de dichas actividades y sus obras asociadas, recibirán por parte de los entes y órganos públicos un trato prioritario y expedito dentro del marco jurídico respectivo.