En cada uno de nuestros hogares hay dificultades que, para poder sortear, implican un sacrificio de cada una de las personas que habitan la casa. Todas hacen sacrificios y ponen de su parte para poder superar los desafíos o por lo menos hacerlos más llevaderas. ¿Es lo justo o no?
La respuesta de una inmensa mayoría, por no decir que de la totalidad, sería afirmativa. Difícilmente a alguien se le pueda pasar por la mente que ante un problema grupal, unos aporten y otros no.
Sin embargo, recientemente se presentó a la corriente legislativa el expediente legislativo N°. 24.191, denominado “Mejora de capacidades del Organismo de Investigación Judicial en la prevención y combate del crimen”, como una iniciativa de la propia policía judicial y que cuenta con el auspicio de varias fracciones políticas.
Ese proyecto de ley, pretende devolver al Organismo de Investigación Judicial al año 2018 y que los sacrificios que se impusieron sobre las personas funcionarias públicas como reducción de pluses, topes salariales, limitaciones sobre los días de vacaciones, racionalización de anualidades y el salario global, no sean aplicables para los empleados del OIJ.
El plan de ley no escatima y no solo se queda en exonerar a las personas funcionarias públicas de esas restricciones, sino que además pretende darle un cheque en blanco al Consejo Superior del Poder Judicial para que cree y ajuste incentivos salariales. ¿Cuáles? El cielo pareciera el límite, pues el proyecto de ley no hace indicación al respecto, por lo que dicha instancia tendría un sinfín de posibilidades, máxime si se toma en cuenta que ya el Organismo de Investigación Judicial se encuentra excluido de la regla fiscal, con lo cual el crecimiento de su presupuesto no tiene límite legal alguno.
Exclusivos y excluyentes, trampa y solución
Mientras se tramitaba la actual Ley Marco de Empleo Público, luego del primer debate el texto del entonces proyecto de ley fue enviado a la Sala Constitucional y fue ese mismo tribunal quien ordenó que los funcionarios “exclusivos y excluyentes” del Poder Judicial - para el caso que interesa - debían quedar excluidos de la rectoría y de la fijación salarial de MIDEPLAN. Precisamente al momento de determinar quienes eran “exclusivos y excluyentes”, el Poder Judicial definió que la totalidad de su planilla estaba contemplada en esta categoría, y por lo tanto sus salarios serían fijados por ellos mismos.
Por ello, la frase “personal técnico especializado, profesional, policial y jefaturas del Organismo de Investigación Judicial”, que se usa en la iniciativa legal, podría abrir no un portillo sino una enorme esclusa por la que entre nuevamente la totalidad de la planilla de la policía judicial, y no una parte de ella, para escapar de las regulaciones en materia salarial.
También debe refutarse de manera categórica que la Ley Marco de Empleo Público esté ocasionado un incremento del gasto, pues como se mencionó antes, la totalidad de los salarios globales del Poder Judicial no fueron definidos ni por la ley ni por MIDEPLAN, sino que fue ese mismo poder quien determinó sus propios salarios, de modo que si existen problemas con ellos, las causas y soluciones están en el mismo órgano que tomó las decisiones salariales.
Por último, debe advertirse que con esta propuesta, se le permitiría al OIJ pagar salarios ordinarios por encima de los ¢5.740.000, que es el tope que actualmente tiene la Ley de Salarios de la Administración Pública y del cual se les pretende exonerar. ¿Acaso no es ese un monto digno y altamente competitivo? ¿Hasta dónde están dispuestos a llegar? Tienen la palabra los señores y señoras diputadas, pero al menos yo, me opongo rotundamente a este planteamiento.
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