
Entidad es la única autorizada para cambio de billetes fuera de circulación.
Si usted tiene aún billetes de sustrato de algodón puede cambiarlos por moneda válida en el Banco de Costa Rica (BCR), entidad autorizada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) para recibir y cambiar los billetes nacionales que han salido de circulación.
Según disposición del BCCR, los billetes en sustrato de algodón de las denominaciones de ₡5, ₡10, ₡20, ₡50, ₡100, ₡500, ₡2 000, ₡5 000, ₡10 000, ₡20 000 y ₡50 000 de las series anteriores, pierden su valor como medio de pago, pero no su valor monetario, es por eso que su cambio se realiza por su valor facial, es decir, si la persona entrega un billete de ¢100, se le devolverá una moneda de ¢100.
El cambio de los billetes puede realizarse de lunes a viernes entre las 9:00 a.m. y las 3:30 p.m. en: BCR Oficinas Centrales, Cartago, Alajuela, Heredia, Puntarenas, Nicoya, Cañas, San Isidro del General, Ciudad Neilly, Limón y Ciudad Quesada.
Las personas interesadas solo deben presentar su cédula de identidad vigente y en buen estado, así como llevar los billetes ordenados por denominación. El monto máximo acumulado a canjear por persona es de ¢500 000.
En cuanto a las monedas, estas también se cambian, para lo cual, las cantidades mayores a 10 piezas deben estar separadas por denominación y empacadas en una bolsa plástica transparente que en su interior debe contener un documento en el que se indique la cantidad de monedas y el monto a canjear.
Las monedas se cambian en las mismas oficinas descritas anteriormente.
Sobre recepción de dólares
Recientemente el BCCR emitió el documento Reglas de aceptación de billetes de dólares de los Estados Unidos de América, con el cual se pretende unificar y estandarizar la clasificación manual o automatizada del billete de dólar de este país en el sistema financiero nacional.
Las descripciones técnicas abordadas en la normativa se refieren únicamente a las reglas de aceptación de los billetes. No define aspectos de valoración de la autenticidad, lo cual define la Autoridad Monetaria correspondiente. Entre las reglas de aceptación, destacan:
- Los dólares emitidos después de 1990, no se aceptarán si:
- La suciedad está distribuida de manera uniforme sobre toda la superficie del billete o cuando el billete posea una o más manchas cuya dimensión sea mayor a tres centímetros cuadrados
- Los grafitos cubren más del 30% de la superficie del billete
- Tiene rasgaduras mayores a 0,5 centímetros. Únicamente se aceptan los billetes cuya rotura de un mismo billete fue reparada con cinta adhesiva transparente
- Tiene perforaciones mayores a 0,5 centímetros cuadrados
- No se aceptan billetes con mutilaciones, independientemente de su dimensión. Tampoco se aceptan billetes reparados
- Tienen manchas de tinta de seguridad
Los billetes en dólares emitidos antes de 1990 con condiciones deterioradas se aceptarán de forma condicionada al cumplimiento del criterio del banco receptor asignado en los Estados Unidos.