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Los contribuyentes deben realizar este pago antes del 30 de septiembre para evitar sanciones y complicaciones financieras.

El próximo lunes 30 de septiembre es la fecha límite para que personas físicas y jurídicas que realizan actividades lucrativas en Costa Rica presenten su segundo pago parcial del impuesto sobre las utilidades. Este pago es crucial para mantener en regla las obligaciones tributarias y evitar posibles sanciones por incumplimiento.

Carlos Camacho, socio director de Grupo Camacho Internacional, destaca la importancia de cumplir con este requisito: “Realizar el pago parcial es una obligación para todo contribuyente. Muchas empresas creen que se trata de un asunto opcional, pero la normativa es clara. Cada contribuyente físico o jurídico debe cumplir con este pago. Es una de las maneras en que la Administración Tributaria asegura recursos para el flujo de caja del gobierno a lo largo del año”.

¿Cómo calcular el monto del Pago Parcial?

  1. Base de cálculo: Se toma el impuesto sobre las utilidades del año anterior o el promedio de los últimos tres períodos fiscales, el que sea mayor.
  2. Fraccionamiento: El 75% de este monto se divide en tres cuotas iguales para los pagos trimestrales.
  3. Fechas de pago: Los pagos deben efectuarse a más tardar el último día hábil de los meses de junio, septiembre y diciembre.

Es posible solicitar una rectificación del monto a pagar si la base del cálculo se ve afectada por ingresos extraordinarios o previsión de pérdidas, siempre que esta solicitud se realice antes de la fecha de vencimiento.

Consecuencias de no realizar el pago puntual

No cumplir con el pago parcial puede acarrear consecuencias graves, incluyendo la acumulación de intereses a tasas de mercado sobre el monto adeudado, tal como se establece en el artículo 57 del Código Tributario. Además, la morosidad puede afectar la reputación de la empresa, complicar los procesos de contratación pública y resultar en la retención de pagos por servicios o productos ofrecidos a entidades gubernamentales.

Camacho concluye: “No cumplir con el pago parcial no solo conlleva cargos adicionales por intereses, sino que también perjudica la reputación de la empresa. La morosidad puede complicar los procesos de contratación pública y resultar en la retención de pagos por servicios o productos ofrecidos a entidades gubernamentales”.

Detalles del Pago Parcial:

  • Fecha límite: Lunes 30 de septiembre de 2024
  • Cómo pagar: A través de conectividad bancaria o el sistema Débito en Tiempo Real (DTR) en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV).
  • Monto: Cada pago parcial representa el 25% del total del impuesto a pagar durante el período fiscal.

Asegúrese de cumplir con este pago a tiempo para evitar problemas futuros y mantener su empresa en regla con sus obligaciones fiscales.