Presidencia anuló la declaratoria y destituyó a la ministra de Cultura y al comisionado de Inclusión.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, dio tres días a la Presidencia de la República para que justifique las razones por las cuales anuló la declaratoria de interés cultural a la Marcha de la Diversidad 2024.

Así consta en una resolución firmada este 20 de agosto por el presidente del tribunal constitucional, Fernando Castillo Víquez, en virtud de un recurso de amparo interpuesto por Geovanny Delgado Castro, miembro de la organización de la marcha, y que se tramita bajo el expediente 24-017737-0007-CO.

En su amparo Delgado afirmó que durante más de 13 años ha organizado junto con otras personas la Marcha de la Diversidad, y que para la decimoquinta edición que tendría lugar el 30 de junio de 2024 en San José, la organización realizó las gestiones necesarias para obtener los trámites respectivos y las declaratorias de interés cultura y turística.

Agregó que el 29 de junio de 2024 la Presidencia de la República anunció la destitución de la ministra de Cultura y Juventud, Nayuribe Guadamuz Rosales y del comisionado de Inclusión Social, Ricardo Sosa Ortiz, por la tramitación de la declaratoria de interés cultural para la marcha, sin la autorización del presidente o de su despacho; además de afirmar que los organizadores no habían tramitado o recibido los permisos requeridos según la normativa correspondiente.

Delgado dijo a los magistrados que las manifestaciones de Presidencia no eran ciertas, pues el presidente de la República sí tenía conocimiento de la declaratoria de interés cultural, pues varios funcionarios de la Casa Presidencial participaron en las reuniones donde se discutió el tema, además de cuestionar la anulación de la declaratoria para la actividad sin que se diera justificación técnica ni detallada de los motivos que lo fundamentaban, contrariando el principio de legalidad.

El recurrente agregó que a la fecha en que presentó el recurso, la publicación en La Gaceta anulando la declaratoria no se había hecho, por lo que consideraba que existía un abuso de poder por parte de la Presidencia de la República.

Asimismo, Delgado reclamó que el retiro de la declaratoria de interés cultural por parte del Poder Ejecutivo conllevó a que no se contara con un apoyo total por parte de la Policía de Tránsito, lo que puso en peligro a los participantes de la actividad, y que el actuar del presidente produjo que los miles de asistentes a la marcha no tuvieran la asistencia de tránsito, lo cual los colocó en un riesgo eminente a su seguridad e, incluso, su integridad física y vida, ya que muchos de los conductores "tiraban" el carro a los transeúntes, según pruebas fotográficas que aportó al expediente.

Lo ocurrido no fue sino una persecución directa del ejecutivo ya que el acto de cancelación se hizo a pocas horas de la actividad y sin que hubiera un criterio técnico o administrativo que respaldara ese actuar ni por los debidos medios".

Finalmente, Delgado dijo a los magistrados que la decisión del Poder Ejecutivo constituye un acto discriminatorio contra la población LGBTIQ+, todo en clara violación a los artículos 11, 49, 140 y 148 de la Constitución Política.

El magistrado Castillo asignó el expediente al juez Jorge Araya García, a quien por turno correspondía.