Proyecto derogaría artículo del Código de Comercio que impide a los jueces declarar de oficio la prescripción de una deuda.

El diputado José Francisco Nicolás Alvarado del Partido Liberación Nacional presentó este jueves a la corriente legislativa un proyecto de ley para que las deudas financieras en cobro judicial prescriban de oficio.

La iniciativa, que se tramitará bajo el expediente 24.517, no tiene co-proponentes y pretende reformar el artículo 974 del Código de Comercio para que este pase a decir que la prescripción se aplicará de oficio, incluso en los casos en que se haya pagado la deuda, sin necesidad de que la invoque o excepcione aquél a quien le beneficia.

Actualmente los acreedores, pese a saber que ha transcurrido el plazo de prescripción de una deuda, recurren a los tribunales para intentar forzar que la persona deudora honre sus obligaciones, forzando a las personas a pelear en las cortes que la deuda está prescrita.

Los jueces, además, por la versión actual del artículo 973, no pueden declarar de oficio que una deuda está prescrita, pues es necesario que la parte interesada la alegue. Dicho artículo, así como el 975 del Código de Comercio, serían derogados con la iniciativa del diputado Nicolás.

El legislador defendió la propuesta durante la etapa de control político de este jueves, señalando que 1.2 millones de costarricenses tienen alguna deuda con bancos públicos o privados, cooperativas o financieras, y un 90% de la población tiene deudas formales o informales.

Asimismo, el diputado citó que 6 de cada 10 ticos dedican más del 70% de su salario a pagar deudas, lo que les deja una pequeña parte para hacer frente a sus gastos básicos de familia, salud, recreación, educación, vivienda, servicios públicos y alimentación.

Nicolás afirmó que 7 de cada 10 deudas presentadas en los juzgados de cobro judicial están prescritas, por lo que dijo que la prescripción debería ser un castigo contra el cobrador u acreedor por no haber hecho sus gestiones cobratorias a tiempo.

Resulta que se está atascando los juzgados judiciales con miles de expedientes con deudas ya prescritas y por supuesto lo que hacen los cobradores es que van, corren ante un juez, presentan una bola de nieve con intereses y partes ya prescritas de la deuda y piden que el juez haga lo que ellos no hicieron a tiempo, que era cobrar de forma decente y programada la deuda que se comprometió el deudor en su momento".

Según el congresista puntarenense, hay más de 800.000 expedientes judiciales de cobro, una cifra que es en parte la gran responsable de la mora judicial que hay en la Corte. De esa cifra, al menos medio millón son deudas prescritas.

El proyecto deberá ser asignado a una comisión legislativa para iniciar su estudio, a menos de que el plenario apruebe dispensarlo de trámites para que pase a conocimiento directo de los 57 miembros del parlamento, y se someta a discusión y votación en sus dos debates.