El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles en segundo debate y por unanimidad un proyecto de ley de iniciativa ciudadana que fue acogido por la bancada del Partido Liberal Progresista, para permitir a las mujeres embarazadas tramitar la entrega en adopción del bebé una vez este nazca.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 23.269 y denominada "Ley de Acogimiento Prenatal" fue redactada por la jueza de familia y exmagistrada de la Sala Segunda, Mauren Solís Madrigal y presentada en el Departamento de Iniciativa Popular del congreso.

Según dispone el texto que se enviará a la Casa Presidencial para su firma como ley, toda mujer embarazada de cuyo proyecto de vida no forme parte asumir el cuido del ser en gestación, tendrá el derecho de formular una solicitud para que este sea acogido por otra persona, gestión que podrá hacer ante los servicios de salud públicos o privados o ante el Patronato Nacional de la Infancia (PANI).

De acuerdo con el primer artículo del decreto legislativo, la mujer expresará en la solicitud de acogimiento prenatal los motivos de su decisión, si existen familiares que tengan disposición de asumir al menor de edad, sus datos personales, y su anuencia o no a que familiares u otras personas que el PANI haya seleccionado y hayan expresado su interés de adoptar puedan presenciar el parto, salvo recomendación médica.

En caso de que la mujer embarazada esté casada o en unión de hecho, la solicitud de acogimiento prenatal deberá formularse en conjunto. Asimismo, si el padre biológico se opone a entregar en adopción al bebé, deberá hacerse una prueba de ADN en un laboratorio de la Caja Costarricense de Seguro Social para confirmar su paternidad, y de ser positiva deberá asumir el cuido del menor una vez haya nacido, siempre y cuando se considere que es una persona apta para asumir tal tarea, según determinación que haga el PANI.

La nueva ley prohíbe cualquier acercamiento, gestión o acuerdo que no sea hecho por el PANI con los progenitores, y que tenga como fin que el bebé sea ubicado con una persona o pareja específica.

El PANI deberá entrevistar a la mujer gestante y a su esposo o pareja de hecho de existir, para ratificar el deseo y consentimiento de que se proceda con un acogimiento prenatal. Asimismo, si constata que no hay familiares de estos dispuestos a asumir el cuido del bebé, podrá entonces comunicarse con las personas o parejas que se hayan registrado como interesadas en adoptar, para informarles de esa posibilidad.

La persona o parejas adoptantes deberán informar en un plazo de 48 horas su interés de proceder, y de no hacerlo o indicar que no lo desean, el PANI proseguirá con la lista de personas y parejas registradas hasta que haya una respuesta positiva.

Si alguna persona o pareja confirma su interés, el PANI iniciará los trámites de adopción ante el Juzgado de Familia que corresponda y esa sede jurisdiccional deberá esperar hasta que hayan transcurrido 40 días desde el parto o desde el egreso del centro médico para poder autorizar la adopción.

La mujer gestante, su esposo o pareja de hecho podrán retractar el consentimiento de dar en adopción antes de dar a luz, o una vez se haya hecho el ingreso a un centro médico para que ocurra el nacimiento. En esos casos, el PANI determinará con quién se quedará el recién nacido. 

El objetivo central de esta legislación es evitar casos de abandono de recién nacidos, así como los de agresión hacia bebés en temprana edad por parte de progenitores que no desean asumir labores paternales.

Breves

Con 40 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 24.064 "Autorización a la Municipalidad de Mora y al Ministerio de Seguridad Pública para que desafecten y permuten entre si terrenos de su propiedad".

Con 42 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.890 "Desafectación del uso público y autorización para que se segregue y done un terreno propiedad de la Junta de Educación de San Miguel de Pejibaye a la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel de Pejibaye".

— La Comisión de Asuntos Hacendarios dictaminó el Quinto Presupuesto Extraordinario tras aprobar una moción en la quitó los ₡2684 millones para el proyecto de cárceles con carpas, debido a la inexistencia de estudios técnicos que respaldaran la propuesta. Si bien los miembros del foro mantuvieron esos recursos dentro del presupuesto del Ministerio de Justicia, no podrán asignarlos a esa idea.