La discriminación por edad, también conocida como edadismo, es una forma de discriminación que afecta a millones de personas mayores en todo el mundo, manifestándose en diversos ámbitos, incluyendo el acceso a seguros. En Costa Rica, el reciente fallo de la Sala Constitucional No. 2024-017686 ha puesto en evidencia esta problemática y ha sentado un precedente importante en la protección de los derechos de las personas adultas mayores.

La discriminación por edad en los seguros se refiere a la práctica de tratar de manera desigual a los asegurados basándose únicamente en su edad. Esta discriminación puede manifestarse de varias formas, como la negación de cobertura, el cobro de primas excesivamente altas o la reducción de las coberturas disponibles a medida que una persona envejece. Este fenómeno no solo afecta la accesibilidad de los seguros para las personas mayores, sino que también socava su dignidad y bienestar, al penalizarlas por el simple hecho de envejecer.

Un ejemplo claro de esta práctica se encuentra en la Resolución No. 2024017686 de la Sala Constitucional, que detalla el caso de un adulto mayor que, al cumplir 76 años, vio cómo el Instituto Nacional de Seguros (INS) aumentaba desproporcionadamente la prima de su póliza de gastos médicos, basándose únicamente en su edad. Esta acción fue calificada como discriminatoria por la Sala Constitucional, que ordenó al INS realizar una nueva valoración de la prima basándose en criterios técnicos y médicos, no simplemente en la edad del asegurado.

Este fallo de la Sala Constitucional es un hito en la lucha contra la discriminación por edad en Costa Rica. La Sala determinó que el INS había fijado la prima de la póliza del adulto mayor de manera desproporcionada y sin justificación técnica, lo que constituía una clara violación de sus derechos. Este fallo no solo beneficia al adulto mayor recurrente, sino que tiene el potencial de generar un cambio significativo en la manera en que se manejan las pólizas de seguros para las personas mayores en el país.

La Sala Constitucional subrayó que la situación del adulto mayor debe ser abordada desde una perspectiva de derechos humanos, que promueva los principios de solidaridad social y no discriminación etaria. En este sentido, la edad no debe ser el único factor determinante para la inclusión, exclusión o el establecimiento de las coberturas de un asegurado. Este enfoque refuerza la idea de que las decisiones sobre seguros deben basarse en criterios técnicos, médicos y razonables, respetando siempre la dignidad y los derechos de las personas mayores.

El fallo de la Sala Constitucional tiene implicaciones importantes tanto para el INS como para otras aseguradoras privadas en Costa Rica. Este precedente podría obligar a las aseguradoras a revisar sus políticas y prácticas para evitar discriminaciones basadas en la edad, garantizando así un acceso más equitativo a los seguros para la población adulta mayor.

Desde un punto de vista legal, este fallo refuerza la protección de los derechos de las personas mayores en el ámbito de los seguros, promoviendo un trato justo y equitativo. Además, el fallo podría ser utilizado como referencia en futuros casos de discriminación por edad, fortaleciendo la jurisprudencia en esta materia y proporcionando un marco más sólido para la defensa de los derechos de las personas mayores.

En el ámbito social, el fallo también envía un mensaje claro sobre la importancia de respetar y proteger a las personas mayores en todas las áreas de la vida, incluyendo el acceso a servicios esenciales como los seguros de salud y pone de relieve la necesidad de adoptar políticas que promuevan la igualdad y la inclusión, eliminando barreras que impiden a las personas mayores acceder a los servicios que necesitan para vivir con dignidad. Esto adquiere vital relevancia ante el creciente envejecimiento poblacional que enfrenta Costa Rica y subraya que la discriminación por edad no solo es una cuestión legal, sino también un problema de salud pública y de derechos humanos.

Termino aquí. Las personas mayores, como cualquier otro grupo de edad, tienen derecho a acceder a los seguros y servicios de salud sin enfrentar barreras discriminatorias. El envejecimiento es un proceso natural y debe ser tratado con respeto y equidad, evitando prácticas que marginen o penalicen a las personas por su edad. Es esencial seguir promoviendo un enfoque basado en los derechos humanos, que garantice un acceso equitativo y no discriminatorio a los seguros y otros servicios esenciales para las personas mayores. Este es un paso crucial hacia una sociedad más justa, inclusiva y respetuosa con sus miembros más longevos.

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