Sofía Guillén presentó proyecto de ley que reforma el artículo 18 del Código de Trabajo.
La diputada del Frente Amplio, Sofía Guillén Pérez, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.500) que pretende reconocer la existencia de una relación de laboral de empleo en los servicios de reparto o distribución mediante plataformas digitales.
La exposición de motivos señala que “el auge de las plataformas digitales de servicios va de la mano con la calificación de las personas prestadoras de estos como “trabajadores independientes”, pues se ha señalado que, en este nuevo modelo de trabajo, las personas tienen su propia organización, escogen sus propios horarios y disfrutan de una mayor libertad con respecto al modelo laboral tradicional”.
Sin embargo, la justificación de motivos recopila jurisprudencia internacionales y estudios nacionales que señalan que en la relación entre las personas repartidoras y las plataformas de servicio digitales sí existen los tres requisitos para presumir una relación laboral, a saber: prestación personal del servicio, remuneración y subordinación.
Actualmente, el artículo 18 del Código de Trabajo es el que define que hay un contrato individual de trabajo cuando “una persona se obliga a prestar a otra sus servicios o a ejecutarle una obra, bajo la dependencia permanente y dirección inmediata o delegada en ésta, y por una remuneración de cualquier clase o forma”, y establece que se presume que ese contrato existe entre la persona que presta los servicios y la que los recibe.
La iniciativa de ley pretende añadir un párrafo final que diría:
La anterior presunción aplica también en los servicios de reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, que una persona trabajadora realice en beneficio de otra persona, física o jurídica, que ejerce las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita, de la gestión del servicio o de las condiciones de trabajo, mediante una plataforma digital”.
La iniciativa justifica introducir esta modificación al Código de Trabajo señalando que brindaría “una mayor protección jurídica a las personas prestadoras de esos servicios, pues podrían disfrutar de los derechos laborales que hasta el momento no les han sido reconocidos (jornada máxima, salario mínimo, vacaciones, aguinaldo, seguro de riesgos de trabajo, seguridad social, entre otros)”.
El proyecto fue presentado con la firma de respaldo de toda la bancada del Frente Amplio y ahora debe ser asignado a una comisión dictaminadora para que inicie su trámite legislativo.