La bancada de la Unidad Social Cristiana presentó a la corriente legislativa un proyecto que propone castigar con multa y cárcel a quienes no den auxilio a menores de edad que estén siendo agredidos, una propuesta a raíz de los actos de agresión que sufrió una menor de edad mientras viajaba en transporte escolar en San Carlos a finales de junio.

La iniciativa, que se tramitará bajo el expediente 24.434 pretende reformar el artículo 144 del Código Penal que contempla el delito de "omisión de auxilio" con un castigo de la mitad de un salario mínimo contra quien encuentre perdido o desamparado a un menor de 10 años de edad, o a una persona herida o amenazada de un peligro cualquiera, y no le preste auxilio según las circunstancias, cuando pueda hacerlo sin riesgo personal.

La modificación planteada por los socialcristianos es que la multa se aumente a un salario base y que además, se agregue que también habrá obligación de dar auxilio cuando un menor de edad (persona menor de 18 años) esté siento víctima de violencia.

Por otro lado, se mantiene que el juez podrá aumentar la multa en el doble, como actualmente está contemplado en la ley, pero también se habilita que se aumente en el triple, considerando las condiciones personales del autor, sus posibilidades económicas, los efectos y la gravedad de la acción.

Como novedad el proyecto agregaría una pena de cárcel para este delito que sería de un mes a un año, cuando a la omisión de dar auxilio al menor de edad le sobrevenga la muerte o un "grave daño", concepto que no está definido en el expediente.

De acuerdo con la exposición de motivos, el objetivo del proyecto es crear un deber de auxilio inmediato para las personas que se encuentren en presencia de una persona menor de edad siendo víctima de violencia, por considerar que dicho deber de auxilio "es un imperativo jurídico de suma importancia, reflejo de la protección especial que el ordenamiento jurídico otorga a los menores de edad".

Esta obligación tiene sus raíces en principios fundamentales del derecho, como la dignidad humana, la protección de la vida y la integridad física y psicológica, y el interés superior del niño, los cuales están ampliamente reconocidos tanto en la normativa interna de muchos países como en tratados internacionales de derechos humanos".

Según la fundamentación del proyecto, la omisión de auxilio puede generar consecuencias gravísimas, inclusive resultar en agresiones graves o la muerte, por lo que es necesario que se tutele de forma efectiva y se castigue de forma proporcional y razonable.

Es evidente y notorio, como en muchísimas ocasiones, circula en las redes sociales casos de violencia contra menores de edad, que son públicos e inclusive con espectadores, que en la mayoría de los casos, lejos de ayudar, buscan hacer burla o hasta grabar lo sucedido, lo cual, es absolutamente reprochable y de ahí la necesidad de actuar y modificar la legislación para proteger los intereses del menor".

María Marta Carballo, jefa de bancada del PUSC y firma principal del proyecto dijo en un comunicado de prensa que el deber de auxilio inmediato a personas menores de edad que están siendo víctimas de violencia debe ser una obligación y debe verse como respeto a la dignidad humana, a la protección de la vida, a la integridad física y psicológica, y al interés superior de los menores.

Desde el PUSC buscamos que hechos como el de Valentina donde se omite la ayuda a la menor no vuelvan a pasar".

El proyecto debe ser asignado a una comisión legislativa para su estudio, sin embargo, para ello se requiere que sea convocado al periodo de sesiones extraordinarias actualmente en curso o bien, esperar la llegada del mes de agosto cuando el congreso retomará el control de la agenda.

Breves

— La presidenta interina, Rosalía Brown Young anunció que la moción de censura presentada contra la ministra de Educación, Anna Katharina Müller Castro será discutida y sometida a votación en la sesión de plenario del miércoles 17 de julio.

— La Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminó afirmativamente el expediente 24.095 "Ley para el fortalecimiento del marco sancionatorio de los delitos cometidos con armas de fuego prohibidas".