Es así de simple. La malacrianza del presidente Rodrigo Chaves Robles se vence con los datos y las pruebas, a eso vamos:

¿Qué hemos dicho de nuestra parte?

El 7 de Marzo del 2022 la Procuradora General de la República emite la solicitud DAA- OFI-370-2022 donde plantea al INDER lo siguiente: “remito una lista de terrenos inscritos, identificados por el SINAC en sectores con cobertura boscosa (oficios SINAC-SE-IRT- 211-2020 y SINAC-SE-IRT-015-2021) provenientes de la finca No. 39050 del Partido de Limón, de la cual el Instituto de Desarrollo Agrario efectuó numerosas segregaciones y traspasos a particulares con posterioridad a la creación del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (por Decreto No. 16614-MAG del 1° de julio de 1985), incluyendo, en algunos casos, porciones de humedal y de la Zona Marítimo Terrestre, como consta en oficios e informes del Instituto Geográfico Nacional” (p. 1).

Dicho oficio agrega un listado de las fincas segregadas que se encuentran con zona boscosa o dentro de zona marítimo Las cuales nacen de la finca madre No. 39050. Dentro de estas se encuentra la número 7-48141 y la número 7-59699. Ambas en manos de Playa Manzanillo S.A. donde Allan Pacheco Dent es representante legal.

Este criterio de la Procuraduría se basa en el informe técnico del SINAC cuyo oficio es el SINAC- IRT-015-2021. En el mismo indica que la finca 7-48141 tiene un porcentaje de 65% de zona boscosa y está ubicada como dentro de las propiedades que tienen un porcentaje dentro de la Zona Marítimo Terrestre. Mientras que la 7-59699 tiene un porcentaje del 91% en bosque y fuera de la zona marítimo

La Procuraduría señala en esa misma solicitud al INDER (DAA-OFI-370-2022) que: “Esta condición de inalienabilidad de los terrenos forestales y bosques de la finca No. 39050 del Partido de Limón “implica que se encuentran fuera del comercio del ser humano, de allí que no es posible su enajenación, venta, donación o cualquier otro tipo de negocio que comprometa la titularidad pública.” (Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, voto 480–2019)” (p.17). Planteando claramente que estas propiedades no podían “negociarse”, ni pasar de una mano a otra.

¿Por qué siguen en manos de Pacheco Dent entonces? ¿Qué ha hecho el INDER?

Finaliza este criterio de la Procuraduría: “Además de lo dispuesto en la normativa y jurisprudencia citada en los acápites anteriores, conforme a la jurisprudencia constitucional, el IDA no estaba facultado para otorgar títulos de propiedad en terrenos de la finca 39050 del Partido de Limón ubicados en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo” (p.28).

Nuevamente para que quede bien claro: la finca No. 39050 es la que da origen a las dos propiedades con números de finca 7-48141 y 7-59699 en manos de Allan Pacheco Dent por medio de su representada Playa Manzanillo S.A. Es decir, nunca se debió permitir que este señor junto con otros asumieran la potestad sobre esos terrenos al ser parte del Refugio de Vida Silvestre y además Patrimonio Natural del Estado.

El SINAC mediante permiso para corta de árboles 011-2024-ACLAC-SLT emitido por Donald Campbell Lindo, Jefe de la Subregión Limón-Talamanca, permite que se realice la tala de 29 árboles de 10 diferentes especies en las propiedades en manos de la sociedad anónima Playa Manzanillo a quien Allan Pacheco Dent Todos en las fincas 7-48141 y 7-59699 que según la Procuraduría son parte del Refugio de Vida Silvestre y nunca debieron estar en manos de terceros. Pero además: ¿Cómo dan permisos de tala en propiedades que según la Procuraduría son Patrimonio Natural del Estado?

Ante los hechos de denuncia tanto ciudadana como de medios de comunicación y actores políticos, el 19 de Julio el Procurador de la República envía a la Sala Constitucional en medio del proceso de una Acción de Inconstitucionalidad con expediente 14-019174-007-CO por una gestión de incumplimiento un oficio que señala: “En relación con lo señalado en ese acápite y la prueba que se aportó a este expediente, se adjuntan certificaciones de los inmuebles 7-48141 y 7-59699 (planos L-0942968-1991 y L-0110409-1993), donde se otorgó el permiso de corta y aprovechamiento forestal 011-2024-ACLAC-SLT, lo que según nuestro criterio es de relevancia porque se vinculan con la finca 39050 del Partido de Limón. Igualmente, aportamos certificaciones de los planos que dieron origen a su titulación, donde consta su presumible ubicación dentro del Refugio Gandoca Manzanillo. Ambos inmuebles se enlistaron en el oficio DAA-OFI-370-2022 recibido por el INDER el 7 de marzo del 2022 y remitido a esta Sala el 5 de julio último” (p. 1).

Es evidente y notorio dos elementos. Primero: la inacción del INDER por recuperar lo que le Corresponde al Estado Costarricense y al Refugio de Vida Silvestre Gandoca Segundo: El interés del SINAC y el Ministerio de Ambiente para justificar talas dentro del Patrimonio Natural. Ambas instituciones bajo la tutela del Poder Ejecutivo, ambas susceptibles a la presión política del Gobernante de turno. Repetimos la pregunta: ¿Por qué se han dedicado a favorecer al empresario y a otros de ese grupo de interés económico en Gandoca Manzanillo?

Mientras todo esto sucede, el empresario Allan Pacheco Dent parece ha prestado una propiedad de lujo en Barva de Heredia para que el Presidente Rodrigo Chaves Robles la use como la extensión lúdica de Casa Como un espacio de recreo de Zapote. Se han registrado a la fecha: 1- Una actividad de campaña electoral que tuvo un supuesto cobro simbólico de la cual aún no se tiene los registros de su pago. 2-Una fiesta del Despacho del Presidente y el del Ministerio de Comunicación. 3-Una fiesta del Consejo de Gobierno con las autoridades. 4-Múltiples actividades de práctica de disparos en un polígono por parte del equipo de seguridad del Presidente. Todo esto de lo informado al día de hoy pero hay más.

Este empresario de nombre Allan Pacheco Dent vivía al lado del Presidente Rodrigo Chaves Robles en Barrio Monteran y visitó Casa Presidencial en 6 momentos entre noviembre del 2022 y octubre del 2023.

Además el empresario Allan Pacheco Dent fue nombrado a solicitud expresa del Presidente y posteriormente con firma de Rodrigo Chaves Robles mediante decreto en el acuerdo número 244-P del 01 de Mayo del 2023 en la Comisión Fílmica Nacional como representante empresarial.

De ninguna de las actividades el Barva de Heredia en la finca lujosa del empresario Allan Pacheco Dent constan facturas y el Presidente Rodrigo Chaves Robles ha señalado con enojo que no las va entregar. Se justifica diciendo que al ser una actividad privada nos la va entregar. Sin embargo, El artículo 40 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública prohíbe las “dádivas” para funcionarios públicos. Citamos textualmente para mayor claridad: “Artículo 40: Prohibición. Se prohíbe terminantemente a los servidores públicos recibir dádivas, obsequios, regalos, premios, recompensas o cualquier otra ventaja como retribución por actos u omisiones inherentes a sus cargos”.

Finalmente, el empresario Allan Pacheco Dent fue detenido por el Ministerio Público por presuntos permisos irregulares.

¿Qué ha dicho el Presidente Rodrigo Chaves Robles?

-Nos ha dicho: “comunistas”, “que no nos funcionan las neuronas” y que no va responder a solicitudes “estúpidas”.

Sin embargo, esto son parte de los hechos concretos, no discursos, no especulaciones, no rabietas. Es simple, la evidencia demuestra que un empresario se está beneficiando de irregularidades y además la inoperancia de instituciones de Gobierno, mientras les “donaba” actividades en su finca lujosa a Rodrigo Chaves Robles. Todo estaba en silencio, hasta que el asunto reventó como cuando un mango cae de forma inesperada de un árbol. ¿Huele a corrupción?

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio. Delfino.CR es un medio independiente, abierto a la opinión de sus lectores. Si desea publicar en Teclado Abierto, consulte nuestra guía para averiguar cómo hacerlo.