Trabajadores que brindan servicios profesionales deben apegarse al cumplimiento de las normas tributarias para evitar consecuencias fiscales severas.
En la actualidad, los profesionales liberales en Costa Rica enfrentan desafíos significativos en cuanto al cumplimiento tributario, especialmente en lo que respecta a la correcta declaración de ingresos y gastos relacionados con sus actividades profesionales.
Es crucial que los profesionales independientes, aquellos que facturan por sus servicios a cliente fina, como médicos, abogados, arquitectos o ingenieros, comprendan las implicaciones de no cumplir con una correcta declaración de los ingresos y gastos de su negocio. Una de las consecuencias es que la Administración Tributaria determine una renta presunta.
La socia de Grupo Camacho Internacional, Vanessa Vega, explicó:
Según datos del gobierno son más de 500 mil personas quienes trabajan como independientes, se trata tanto de individuos que tienen como ingreso principal su actividad profesional o bien, trabajan como asalariados en un primer momento y realizan actividades profesionales en paralelo. Cualquiera que sea su situación, usted está expuesto a que la Administración Tributaria le fiscalice y defina una renta presunta. Así sucedió en el pasado, por ejemplo, con el gremio de abogados y con el gremio médico".
Conforme al artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, una renta presunta, se aplica cuando los profesionales no cumplen con la obligación de presentar declaraciones de renta o no emiten comprobantes electrónicos.
La sanción implica la estimación de ingresos mínimos basados en la actividad profesional, lo cual puede resultar en una carga tributaria injustificada que no se apega a la realidad. Estos son algunos ejemplos según la normativa vigente:
- Médicos, odontólogos, arquitectos, ingenieros, abogados y notarios, agrimensores, contadores públicos, profesionales de las ciencias económicas, y corredores de bienes raíces, 335 salarios base.
- Peritos, contadores privados, técnicos y, en general, todos los profesionales y técnicos, colegiados o no, que no se contemplan en el numeral anterior, 250 salarios
Según lo anterior, la renta presunta para un médico o abogado sería entonces de casi 155 millones de colones durante el período fiscal. El salario mínimo vigente es de 462.200 colones, por lo que en el caso de los peritos, contadores y profesionales técnicos la renta presunta a 115 millones de colones. Ambas cifras representan un monto significativo de ingresos que podría no apegarse a la realidad.
Vega añadió:
La falta de documentación adecuada y la inclusión incorrecta de ingresos pueden tener consecuencias fiscales severas. Casos en los que profesionales han omitido ingresos secundarios o no han justificado adecuadamente ciertos gastos han resultado en ajustes tributarios y pérdidas financieras evitables”.
Cuando la Administración Tributaria define una renta presunta se trata de la renta neta. Es decir, a esos 155 o 115 millones de colones se les tasa el impuesto sobre las utilidades correspondiente.
El uso efectivo de facturas electrónicas no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también facilita una tributación más precisa y acorde con la realidad económica de cada profesional. Esto incluye la correcta emisión de factura para cada venta y la adecuada documentación y justificación de cada gasto asociado, asegurando que estos estén directamente vinculados a la generación de ingresos gravables.
Para la experta es imperativo que los profesionales liberales dominen y apliquen con precisión las normativas vigentes, especialmente en un entorno fiscal que exige transparencia y meticulosidad en la declaración de ingresos y gastos. Vega concluyó:
Esto incluye la rigurosa separación de actividades secundarias y el meticuloso registro de todos los movimientos financieros relacionados con su actividad principal. Cumplir con los impuestos en Costa Rica es un tema complejo y lo más adecuado es acompañarse de un profesional en la materia. Un experto tributario que, junto a su contador, le aseguren el correcto cumplimiento".