El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este jueves en segundo debate un proyecto de ley para que Costa Rica ingrese como miembro de pleno derecho al Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe, más conocido como la Corporación Andina de Fomento (CAF).

El CAF es un banco de desarrollo latinoamericano, fundado en Caracas, Venezuela en febrero de 1968 y actualmente integrado por 21 países de América Latina, el Caribe, Europa y 13 bancos privados.

El proyecto, tramitado bajo el expediente 23.614 resultó aprobado en segundo debate con 37 votos a favor y tres en contra, provenientes de la bancada del Liberal Progresista. La diputada independiente María Marta Padilla, quien votó negativo en primer debate, dio un voto favorable esta vez.

El PLP trató largo y tendido de previo al primer debate por impedir que este proyecto fuera aprobado y pedía que en su lugar los recursos que deberá pagar el país a la CAF para entrar como miembro de pleno derecho se destinaran a fortalecer el combate a la creciente criminalidad que vive el país.

Según el texto de los convenios, que pasaron revisión obligatoria de la Sala Constitucional antes de su segundo debate, el país deberá pagar 303 millones de dólares para adquirir la membresía a la que están aplicando mediante cinco pagos: el primero por $62.49 millones, el segundo y tercero por $60.20 millones, y el cuarto y quinto por $60.19 millones.

Costa Rica ya pertenece al CAF como tenedor de acciones 'clase C' en condición de Estado no miembro, pero al suscribir este convenio constitutivo pasará a tener una representación formal y permanente en el Directorio, lo cual permitirá participar en la toma de decisiones con respecto a la gestión de ese organismo multilateral.

El Ministro de Hacienda ostentará la representación oficial del Gobierno de la República ante el CAF y estará autorizado para que una vez incorporadas en el Presupuesto de la República, cancele las cuotas por concepto de suscripción de capital, así como los futuros aumentos de capital que sean aprobados por la Asamblea de Accionistas de la Corporación.

Breves

Con 42 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 24.378 "Cuarto Presupuesto Extraordinario de La República y Tercera Modificación Legislativa a la Ley N° 10.427, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2024". Este presupuesto contiene los recursos necesarios para pagar el aumento salarial a policías, pero sin tomarlos de las asociaciones de desarrollo como pretendió el gobierno, sino del dinero guardado previsto para pagar al CAF.

Con 39 votos a favor y 1 en contra (Rocío Alfaro, FA) se aprobó una moción para que el plenario exija al régimen de Nicolás Maduro el compromiso de realizar elecciones libres, transparentes y en condiciones que garanticen el respeto por los principios democráticos y el derecho electoral; hacer un llamado a las fuerzas armadas, a la policía y demás autoridades venezolanas a que respeten los resultados en dichas elecciones; dotar de independencia al órgano electoral para que se garanticen elecciones justas y transparentes para todos los participantes; permitir el acceso irrestricto a la información y a los procesos atinentes a la elección a las misiones de observación electoral internacional debidamente acreditadas; instar a la comunidad internacional a mantenerse vigilante y brindar el apoyo necesario para que el proceso electoral en Venezuela se lleve a cabo en un ambiente de respeto y cumplimiento de los estándares democráticos internacionales.

— La Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminó afirmativamente el expediente 24.047 "Ley contra el Sicariato en Costa Rica" con el cual se extrae el delito de sicariato del actual artículo 112 inciso 9) del Código Penal, y en su lugar lo establece en un nuevo artículo 112 bis con una pena mínima de 25 años de cárcel (cinco más que la pena mínima actual) y una pena máxima de 35 años contra quien dé muerte a una persona por encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para un tercero un beneficio material, económico o personal. La misma pena aplicará contra quien haya acordado o encargado de la muerte, y la pena se podrá aumentar hasta en un tercio si interviene una persona menor de edad.