El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este lunes en primer debate un proyecto de ley para reforzar la figura de "capitales emergentes", una figura que le permite al Estado confiscar y apropiarse de bienes y valores sobre los cuales existen sospechas razonables sobre su procedencia, o que fueron adquiridos con recursos provenientes de actividades delictivas o ilícitas.

La iniciativa, tramitada en el expediente 22.834, fue presentada por la administración Alvarado Quesada en diciembre de 2021 y fue dictaminada afirmativamente por la Comisión de Seguridad y Narcotráfico en marzo de 2023.

El texto aprobado dispone que la Contraloría General de la República, el Ministerio de Hacienda, el Instituto Costarricense sobre Drogas y el Ministerio Público podrán accionar un procedimiento legal para abordar situaciones donde se sospecha que se ha ocurrido un incremento de capital sin una causa lícita aparente.

Si dicho incremento de capital es igual o superior a 50 mil dólares estadounidenses, o su equivalente en otra moneda, y ha ocurrido dentro de un período de hasta 10 años, esas entidades podrán solicitar al Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda la adopción de medidas anticipadas y provisionales que tengan como objetivo asegurar, secuestrar, conservar o verificar bienes y productos financieros relevantes para la investigación.

Para lograr lo anterior, la autoridad jurisdiccional emitirá mandamientos para la anotación e inmovilización registral de bienes muebles e inmuebles, así como la orden de congelamiento preventivo de activos financieros a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas.

Para la adopción de estas medidas anticipadas y provisionales, no será necesario otorgar audiencia a las partes involucradas. Sin embargo, una vez concedida la medida, las instituciones legitimadas para denunciar tendrán un plazo de un mes para interponer la denuncia, plazo que comenzará a correr a partir del día de la notificación del auto que ordena la medida anticipada y provisional o de la ejecución efectiva de la diligencia.

Asimismo el proyecto dispone que el Juez Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda deberá entregar en depósito judicial al Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) esos bienes, y en el caso de aquellos sujetos a inscripción, se requerirá la anotación registral del proceso. El ICD, a su vez, tendrá la facultad de disponer anticipadamente de estos bienes, con todas las facilidades administrativas y exoneraciones establecidas en las normativas correspondientes.

En situaciones donde el ICD no sea el denunciante, el juzgado encargado de dicho proceso tendrá la obligación de notificar al ICD para que se presente en un plazo de 10 días hábiles. Si el ICD no se presenta dentro de este plazo, el proceso continuará su curso sin su intervención.

Respecto a los medios para realizar las notificaciones, el proyecto dispone que el acto de comunicación podrá realizarse utilizando cualquier medio que la parte denunciada o su representante haya indicado para tal fin ante cualquier autoridad judicial administrativa, incluso antes de que el proceso se inicie formalmente; o también en el domicilio social, real o registral de las personas jurídicas.

Finalmente se dispone que corresponderá a la Jurisdicción Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda conocer de los asuntos por incremento de capital sin causa licita aparente, al Juzgado Contencioso Administrativo en primera instancia y al Tribunal Contencioso Administrativo en segunda instancia.

Breves

Con 41 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 24.257 "Tercer Presupuesto Extraordinario de la República y Segunda Modificación Legislativa a la Ley No. 10.427, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico de 2024". 

Con este presupuesto se disminuye el Presupuesto de la República en ¢72.186,5 millones y se redistribuye un monto global de ¢11.758,4 millones en 12 títulos presupuestarios; y se disminuye la autorización para colocar títulos valores de la deuda interna, por ¢5076 millones. También se incluyen nuevos gastos en el ICD del Ministerio de la Presidencia, en el Ministerio de Seguridad y en el Poder Judicial, financiados con los comisos del ICD (Ley 8754) y recursos propios del Poder Judicial.

El 79,3% de la modificación se concentra, en el rebajo, en cuatro ministerios: Justicia y Paz; Obras Públicas y Transportes; Seguridad Pública; y Comercio Exterior; la Presidencia de la República “cedió” ¢17,4 millones al Ministerio de la Presidencia; el Ministerio de Justicia y Paz “cedió ¢256 millones al Ministerio de Economía, Industria y Comercio; y el Ministerio de Hacienda y el de Comercio Exterior “cedieron” ¢1000 millones al Ministerio de Cultura y Juventud. En los restantes títulos presupuestarios, los movimientos son a lo interno del título.

La Comisión de Hacendarios determinó que con este proyecto se cumple con la regla fiscal, pues en caso de aprobarse definitivamente el margen quedaría en ¢36.205,2 millones en gasto corriente y ¢5482,8 millones con respecto al gasto total.

— La Comisión Especial de Infraestructura rotó su directorio: Luis Diego Vargas del PLP pasó a ser presidente, mientras que Carolina Delgado Ramírez pasó a ser secretaria.