Iniciativa de ley fue presentada con la firma del presidente de la república y el ministro de Justicia y Paz.

El Poder Ejecutivo presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.174) que pretende eliminar el descuento de 6% que existe para los tributos y timbres de “todos los actos o contratos inscribibles en el Registro Público”.

Según informó la oficina de prensa del Registro Nacional esos descuentos se aplican a los traspasos de bienes muebles e inmuebles. En el caso de los traspasos de bienes inmuebles corresponde pagar:

  1. Timbre del Registro Nacional.
  2. Timbre Agrario (no le aplica el descuento).
  3. Timbre Fiscal.
  4. Timbre del Archivo Nacional.
  5. Timbre del Colegio de Abogados.
  6. Timbre Municipal.
  7. Impuesto de transferencia (no le aplica el descuento).

Mientras que a los traspasos de bienes muebles les corresponde pagar:

  1. Timbre Registro Nacional.
  2. Timbre Agrario (no le aplica el descuento).
  3. Timbre Parque Nacional.
  4. Timbre Fiscal.
  5. Timbre Archivo Nacional.
  6. Timbre Colegio de Abogados.
  7. Timbre Cruz Roja.
  8. Impuesto de transferencia (no le aplica el descuento).

Eliminar el descuento que existe actualmente implica que, por ejemplo, al realizar el traspaso de una propiedad con vivienda por un monto de 50 millones de colones, se tendrían que cancelar 21 mil colones más de lo que se paga ahora por timbres e impuestos en un traspaso de ese tipo (1.139.946 de colones).

La exposición de motivos de la iniciativa de ley no menciona la motivación para eliminar el descuento del 6%, y solamente hace referencia a eliminar el plazo de tres meses para cancelar tributos, timbres o impuestos. Al respecto señala:

Dejar anotado provisionalmente el documento por falta de completar los tributos, atenta con la seguridad jurídica del tráfico de bienes inscribibles; de lo cual el notario es un referente clave no solo en la recaudación de los tributos, sino como profesional asesor de las partes contratantes para garantizar la plena validez y eficacia de los actos otorgados”.

Así proyecto pretende eliminar el plazo de tres meses que existe actualmente para completar el pagó de la totalidad de tributos, timbres o impuestos, que no hayan sido cubiertos íntegramente al momento en que se entrega el documento al Registro Público.

Adicionalmente, el proyecto señala que la iniciativa de ley es para evitarel retraso en la recaudación de los tributos que pagan los actos o contratos sujetos de inscripción registral”, pero no hace referencia a la eliminación del descuento.

Dato D+: La exposición de motivos de un proyecto de ley es la explicación y justificación de un proyecto, en la que se detallan las razones de la propuesta, así como aspectos relevantes de la estructura de la misma. Debe tomarse en cuenta a la hora de aplicar la ley en caso de que existan dudas sobre el propósito del legislador al promulgar esa normativa. Se usa, además, para determinar si el texto final que aprueba la Asamblea de un proyecto de ley guarda relación (conexidad) con las intenciones iniciales por las cuales el expediente fue presentado.

La iniciativa de ley fue enviada a la Asamblea Legislativa desde el pasado 14 de febrero desde el despacho de la ministra de la Presidencia, Natalia Díaz Quintana, y cuenta con las firmas del presidente de la república, Rodrigo Chaves Robles, y el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos Valverde. El proyecto fue asignado a la Comisión de Asuntos Jurídicos para su dictamen.