En un año plazo las transferencias deberán reflejarse en máximo 10 segundos

El Parlamento Europeo aprobó con 599 votos a favor, 7 en contra y 35 abstenciones el poner fin a los tiempos de espera para que se reflejen transferencias bancarias entre entidades distintas, así como el pago de comisiones adicionales si los usuarios desean que sus movimientos se reflejen en tiempo real o a plazos de espera más cortos.

La medida, que entrará a regir 20 días después de que se publique en el Diario Oficial de la Unión Europea, da nueve meses a las entidades localizadas en la zona euro para estar listas para recibir transferencias inmediatas, y 18 meses plazo para enviarlas.

La inmediatez de las transferencias deberá garantizarse con independencia del día o la hora; el dinero deberá llegar a la cuenta del destinatario en un plazo de 10 segundos y la persona que envía el dinero también deberá ser informada en un plazo máximo de 10 segundos si los fondos transferidos fueron entregados al receptor.

Según informó el Parlamento Europeo, otra de las medidas que incluye la propuesta aprobada es que para garantizar la seguridad, los proveedores de servicios de pago deberán aplicar medidas sólidas y actualizadas de detección y prevención del fraude, a fin de evitar que el dinero transferido acabe por error o fraude en la cuenta equivocada. Para ello, dichos proveedores deberán ofrecer, sin coste adicional, un servicio de verificación de la identidad del destinatario.

Además las entidades bancarias deberán permitirle a sus clientes establecer montos máximos de transferencias instantáneas para prevenir el fraude, y dicho límite deberá ser modificable fácilmente antes de ejecutar una transferencia si el monto a enviar supera dicho límite.

De acuerdo a las nuevas reglas, si una entidad no cumple con sus obligaciones de prevención del fraude y esto provoca un perjuicio financiero, el cliente podrá solicitar una compensación.

Finalmente la propuesta aprobada dispone que los cargos aplicados por las transferencias inmediatas en euros no podrán ser superiores a los aplicados a las operaciones convencionales de transferencia no instantánea en euros.