Ni la CIDH ni la Corte IDH ordenaron inscribir candidaturas o suspender elecciones.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con sede en Washington, Estados Unidos requirió información al Estado de Costa Rica luego de recibir una denuncia y solicitud de medidas cautelares por el rechazo que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió a la inscripción de candidaturas del partido Aquí Costa Rica Manda.

Así fue revelado la noche de este martes por Trivisión 36 quien mostró el documento remitido por la CIDH al canciller de la República, Arnoldo André Tinoco, durante una transmisión en vivo.

El documento fechado el 19 de enero y bajo el nombre CIDH/SE/Art-41/01-2024/410 fue suscrito por Tania Reneaum Panszi, secretaria ejecutiva de la CIDH y dio al Estado ocho días plazo, contados a partir de entregada la comunicación, para que proporcione "toda la información que considere oportuna" en relación con cuatro aspectos:

  1. El fundamento legal y motivación para determinar la negativa de inscripción de las candidaturas del partido Aquí Costa Rica Manda;
  2. Si existen otros casos en los que la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y/o el Tribunal Supremo de Elecciones hayan determinado la no inscripción de candidaturas de un partido político con base en el principio de la paridad horizontal de cara a las elecciones del 4 de febrero de 2024;
  3. Las medidas adoptadas para asegurar los derechos al sufragio pasivo, a la participación política y a la igualdad de las 33 candidatas a alcaldesas y vicealcaldesas del partido Aquí Costa Rica Manda en las elecciones de febrero de 2024; y
  4. Las medidas adoptadas para asegurar el derecho a recurrir una sentencia judicial ante un juez o tribunal superior, para que las decisiones del Tribunal Supremo de Elecciones puedan ser recurridas y revisadas de forma efectiva.

Reneaum realizó esas solicitudes de información en virtud de que la CIDH recibió una denuncia en la que se alegó que en resoluciones del 6 y 16 de noviembre, así como el 14 de diciembre de 2023 el TSE rechazó la inscripción de candidaturas a la alcaldía del partido Aquí Costa Rica Manda al haber incumplido el principio de paridad horizontal previsto en la ley y la jurisprudencia del tribunal, pues su nómina era de 36 hombres y 33 mujeres; y porque la Sala Constitucional declaró inadmisibles varios recursos de amparo interpuestos contra dicha denegatoria, señalando que los actos electorales emitidos por el TSE no son recurribles ante esa jurisdicción, lo que —se alegó— violentó los derechos políticos, el derecho a la igualdad y las garantías judiciales de las personas postulantes.

Este acto de la CIDH no constituye una intervención en las elecciones municipales, ni se emitió orden alguna de suspender el proceso electoral previsto para el 4 de febrero.

La gestión de la Comisión se enmarca en el artículo 25 de su reglamento, el cual dispone que se podrán emitir medidas cautelares hacia un Estado ante "situaciones de gravedad y urgencia que presenten un riesgo de daño irreparable a las personas o al objeto de una petición o caso pendiente ante los órganos del Sistema Interamericano".

A efectos de adoptar la decisión de emitir medidas cautelares la CIDH analiza la "gravedad de la situación", la "urgencia de la situación", y el "daño irreparable", es decir, la afectación sobre derechos que por su propia naturaleza no son susceptibles de reparación, restauración o adecuada indemnización.

Antes de tomar una decisión sobre la solicitud de medidas cautelares la Comisión debe solicitar al Estado involucrado información relevante, salvo cuando la inmediatez del daño potencial no admita demora, lo cual no ocurrió en este caso. 

Asimismo, el secretario ejecutivo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH, con sede en Costa Rica) Pablo Saavedra, indicó al medio Interferencia que dicha corte no está conociendo ningún asunto sobre las elecciones municipales costarricenses, no ha emitido ninguna resolución sobre ese tema, y tampoco está permitido que las personas acudan directamente ante dicha Corte, pues el procedimiento es pasar primero por la Comisión Interamericana (CIDH).

El periodista José Luis Rodríguez de Trivisión 36 afirmó en su reporte en vivo que el ministro de Comunicación, Jorge Rodríguez Vives respondió en los siguientes términos:

Ciertamente el Ministerio de Relaciones Exteriores ha recibido un requerimiento de información por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre el asunto indicado. La solicitud de información al Estado costarricense. El procedimiento usual para este tipo de solicitudes de información es que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto traslade el ente competente, en este caso el Tribunal Supremo de Elecciones, el documento y sean ellos quienes contesten el requerimiento de información. Una vez recibida la respuesta por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, será el Ministerio de Relaciones Exteriores quien remita a la Comisión dicha información. Al ser un tema meramente electoral el gobierno de la República no tiene ninguna posición, simplemente se seguirá el procedimiento indicado, sea, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto trasladará el requerimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Tribunal, y esperará emitan respuesta para ser traslada a la Comisión.

Delfino.cr remitió consultas a Casa Presidencial, al Tribunal Supremo de Elecciones y a la Cancillería sobre la solicitud de información hecha por la CIDH pero al cierre de edición de esta nota no se recibió respuesta.

Por su parte el periódico La Nación señaló, citando al vocero del TSE, Andrei Cambronero Torres, que este mismo martes el Tribunal remitió a la Cancillería la contestación que debe dársele a la CIDH sobre los requerimientos de información hechos, señalando al diario tibaseñ:

El Tribunal Supremo de Elecciones recibió, de parte de la Cancillería, una solicitud de información que, a su vez, ha sido peticionada por CIDH. Es para que el Estado brinde información en los términos del artículo 41 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que dice que la Comisión puede solicitar a los Estados parte datos e información de diversa índole. Están solicitando información al Estado sobre los procesos electorales".

Cambronero reconfirmó que el país no recibió ninguna decisión que impacte la adecuada marcha del proceso electoral y que el TSE garantiza que el próximo 4 de febrero los costarricenses podrán acudir a las urnas para escoger a las nuevas autoridades municipales.