Decisión debe ser tomada por Tribunal de Ética, no por la Asamblea Superior o el Comité Ejecutivo

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) anuló la expulsión que el Partido Progreso Social Democrático (PPSD) emitió en contra de ocho de sus diez congresistas, tras determinar que tal acto de desafiliación fue adoptado por el órgano partidario que no era competente para ello.

Según confirmó el Tribunal Electoral en un comunicado de prensa, mediante la resolución 10147-E1-2023 se declaró con lugar el recurso de amparo planteado por Pilar Cisneros Gallo, Paola Nájera Abarca, Ada Acuña Castro, Waldo Agüero Sanabria, Jorge Rojas López, Daniel Vargas Quirós, Manuel Morales Díaz y Alexander Barrantes Chacón, contra el Comité Ejecutivo Superior del partido Progreso Social Democrático.

En la fundamentación de su sentencia, el TSE señala que, por así disponerlo el Código Electoral y los propios estatutos internos del Partido, es su Tribunal de Ética y Disciplina, y no su Asamblea Superior ni su Comité Ejecutivo Superior, el órgano competente para ejercer la potestad sancionatoria sobre los militantes.

Los legisladores también acusaron que el partido no respondió a varias solicitudes de información que fueron formuladas, y aunque de acuerdo con el TSE el partido se defendió alegando que estaban mal formuladas, ello no les eximía de la obligación de contestarles, indicarles el defecto o rechazárselas por ello.

Con esta decisión, el TSE anula los acuerdos del Comité Ejecutivo Superior del PPSD que expulsaron a los diputados recurrentes y ordena a ese órgano partidario contestar la solicitud de información planteada por ellos, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

Ayer miércoles la diputada María Marta Padilla fue declarada "independiente" luego que el acto de expulsión adquiriera firmeza porque Padilla no se sumó al amparo electoral para apelar su expulsión, y más bien el 12 de diciembre envió una carta al Directorio del Congreso indicando que aceptaría la responsabilidad que aparejaba el haber participado en un evento público a favor del Partido Aquí Costa Rica Manda junto a los otros ocho congresistas que aún podrán seguir usando el PPSD como plataforma en el Congreso.

En declaraciones enviadas a la prensa Pilar Cisneros Gallo declaró que lograron demostrar que el partido violó sus derechos como militantes, diputados y ciudadanos, "actuando de forma arbitraria, sin abrir ningún proceso disciplinario ni expediente alguno ante el comité de ética, ni tampoco nos dieron la oportunidad de defender nuestra tesis".

Por su parte la diputada Paola Nájera Abarca declaró que "la institucionalidad competente confirmó una serie de irregularidades por parte de la dirección del PPSD. Es muy reconfortante confirmar que, aunque el partido quiso utilizar el poder sin límites y de forma arbitraria en contra de 8 diputados de la República, el TSE le recuerda que hay reglas que respetar y que el poder no debe ser utilizado para revanchas".

De acuerdo con los congresistas beneficiados por el fallo, el TSE condenó al partido Progreso a pagar costas, daños y perjuicios.