Ministro de Justicia aseguró que una acción de inconstitucionalidad impide el despido de personas funcionarias.

La Sala Constitucional (conocida popularmente como Sala IV) emitió un comunicado de prensa en el que aclaró que ninguna acción de inconstitucionalidad cursada sobre la Ley Marco de Empleo Público N° 10.159 le impide al Estado el ejercicio de la potestad disciplinaria.

El comunicado de la Sala se da luego de que, en la conferencia de prensa del día de hoy el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos Valverde, se quejó por el caso de un oficial detenido en flagrancia por, supuestamente, ingresar drogas a un centro penal, al que no se le impuso medidas cautelares, por lo que Campos explicó:

En este momento administrativamente va a salir a vacaciones, se va a iniciar todo un proceso, pero también tenemos otro inconveniente: esta persona dentro del proceso disciplinario merece la sanción máxima que es el despido, pero una acción de inconstitucionalidad que hay ante la Sala sobre la nueva Ley de Empleo Público, impide que resolvamos estas causas hasta que ellos den el criterio definitivo, o sea, no vamos a poder despedir.

Ante las declaraciones del ministro el presidente, Rodrigo Chaves Robles, consultó a Campos “¿la Sala Cuarta impide que resolvamos estas causas hasta que ellos den el criterio definitivo, o sea, no vamos a poder despedir?", a lo que el jerarca de Justicia asintió y Chaves añadió:

La Sala Cuarta emitió una medida cautelar diciendo «no despidan a esta gente», es decir, «no hagan los procesos administrativos, sancionatorios, hasta que yo —quién sabe cuándo— me pronuncie». Entonces este señor va a seguir trabajando o va a seguir recibiendo salario del del Poder Ejecutivo, del Ministerio de Justicia y Paz. Vaya, vaya”.

En su comunicado de prensa la Sala Constitucional  indicó que "lamenta profundamente que el Poder Ejecutivo haya incurrido en este error, al afirmar que los cursos de las acciones de inconstitucionalidad imponen medidas cautelares que impiden tramitar los procesos administrativos disciplinarios, y al asegurar que no se puede despedir al funcionario que haya cometido algún acto ilegal cuando en derecho corresponda”.

La Sala Constitucional tiene en trámite cinco acciones de inconstitucionalidad contra la Ley Marco de Empleo Público que se tramitan bajo los expedientes 23-003122-0007-CO; 23-004885-0007-CO; 23-14906-0007-CO; 23-17110-0007-CO; y la 23-22265-0007-CO. Ninguno de esos cinco expedientes suspende la aplicación de medidas disciplinarias contenidas en la Ley Marco de Empleo Público ya que no son acciones presentadas en el marco de juicios o procedimientos para agotar la vía administrativa, sino que se presentaron por acción directa alegando la afectación de intereses difusos.