La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes tiene a disposición de los ciudadanos documentos machotes para que puedan hacer valer sus derechos en materia de autodeterminación informativa.
La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) abrió un procedimiento ordinario en contra de Equifax tras determinar que denegó ilegalmente una solicitud planteada por un ciudadano para que sus datos personales fueran suprimidos de las bases de datos que tiene la empresa.
Según consta en la resolución 659-2023 de la cual Delfino.cr tiene copia la Agencia de Protección de Datos declaró con lugar el recurso dentro del cual el afectado señaló que la empresa le había rechazado una solicitud de supresión completa de todos sus datos personales porque esta había sido interpuesta a través del correo de su abogado, y porque no empleó los formularios de consentimiento informado de Equifax donde le solicitaban más datos personales.
Equifax se defendió señalando que según la ley, su reglamento, la Sala Constitucional y la propia Agencia los datos de carácter crediticio tratados dentro del marco de las operaciones crediticias se consideran datos de interés público o restringido, y deben conservarse a fin de poder definir el riesgo y garantizar que la información sea actual y veraz; y que los datos negativos referidos a deudas en estado de morosidad eran de interés público y por ende no se requería de un consentimiento informado para su transferencia a bases de datos.
Karla Quesada Rodríguez, funcionaria del Departamento de Registro y Archivo de Bases de Datos de la Prodhab determinó que el análisis del caso debía partir por tener claro que "nadie puede hacer tratamiento de datos personales sin contar con el consentimiento del titular", por lo que surgía la pregunta de si Equifax había recibido el consentimiento informado del denunciante para que sus datos personales estuvieran almacenados en sus bases de datos.
De hecho el que Equifax le pidiera al denunciante un consentimiento informado a la hora de atender su pedido de eliminar sus datos llevó a la funcionaria de la Agencia a cuestionar cómo era que la empresa tenía información de esa persona desde un inicio.
Los datos irrestrictos son datos que están incluidos en bases de datos públicas, porque así lo disponen leyes especiales, o en apego a la finalidad para la cual fueron recaudados, por lo que no puede NADIE [sic.] decir que como esos datos constan en una base de datos pública [sic.], los tomo y los hago parte de otra base de datos, recordemos que fueron proporcionados por los ciudadanos [al Sistema Financiero Nacional] para que una entidad pública los utilice en su adecuada prestación de servicios, entidades que además están facultadas para ello.
Asimismo la Prodhab reprochó que la empresa le hubiese indicado al denunciante que era esa Agencia la que había impuesto requerimientos extras para atender solicitudes de acceso, rectificación o eliminación de datos personales; de modo que la solicitud que se le hizo de aportar fotografía de la cédula por ambos lados y un consentimiento informado no estaban apegados a la legalidad.
No es aceptable que desde un ente regulado por esta autoridad se esté señalando que no cumplen con las observancias de las garantías y principios que resguardan el derecho de autodeterminación informativa de los ciudadanos. Equifax al indicar a los titulares de datos que "estamos solicitando adjuntar los atestados aprobados para nuestra compañía por el regulador o en su defecto los publicados por el regulador (Prodhab), para estos procesos..." distorsiona la verdad e induce a los ciudadanos a desconfiar del procedimiento de acceso, rectificación y eliminación de datos ya que al presentarse a la Agencia se les indica lo procedente y Equifax les indica algo distinto e improcedente.
Aunque Equifax reportó a la Prodhab haber procedido a la eliminación de los datos del denunciante una vez fueron notificados del proceso, y pidieron el archivo del caso al tenerse por satisfechas sus pretensiones, Quesada Rodríguez lo negó.
No, no se tiene por cumplida la solicitud del denunciante, ya que él se presentó ante Equifax para hacer valer sus derechos, su solicitud de supresión de datos personales, y la empresa no lo hizo; de hecho estableció requisitos que no son válidos desde el ordenamiento jurídico de protección de datos personales. Nuevamente se le llama enérgicamente la atención a la empresa denunciada para que se apegue a los principios que protegen el derecho fundamental a la Autodeterminación Informativa.
Asimismo la funcionaria le ordenó a Equifax abstenerse de señalar a la Prodhab como responsable de no autorizar el trámite de un ciudadano, además de atender como la ley establece todas las solicitudes de acceso, rectificación y eliminación de datos personales sin tener que esperar a que se active el procedimiento de protección de derechos.
La Agencia le ordenó a la empresa notificarle al denunciante que sus datos personales fueron suprimidos de las bases de datos, abstenerse de solicitar consentimientos informados para tramitar solicitudes de acceso, rectificación o eliminación de datos personales y abrir un procedimiento ordinario en contra de la empresa en razón del incumplimiento de supresión total de datos personales del denunciante.
En dicho procedimiento ordinario la empresa podría ser señalada de haber incurrido en faltas leves, graves o gravísimas, las cuales se castigan con multas de entre 2.169.000 colones a 13.014.000 colones según el salario base señalado en la Ley de la Prodhab.
Dennis Alvarado Castillo, abogado especialista en Derecho Comercial afirmó que la importancia que reviste este fallo para la ciudadanía en general consiste en la demarcación clara e inobjetable que hace la Prodhab para establecer la preeminencia y el valor de los derechos del ciudadano en el manejo de sus datos personales, por encima del derecho de comercialización que las Protectoras de Crédito y Datos quieren atribuirse libremente para lucrar manejando los datos personales de la ciudadanía sin su consentimiento previo.
También deja muy en claro que la utilización del nombre de la Agencia de Protección de Datos no puede ser objeto de engaño hacia los ciudadanos, so pretexto de la obtención de sus datos sin esta autorización previa dicha como lo quiso hacer ver la empresa condenada, al decir que actuaba al amparo de directrices o autorización de Prodhab. En nuestro caso a pesar de haber sido contactados por la empresa condenada para que retiráramos la denuncia una vez que se cumplió con nuestra solicitud de supresión de datos, nos negamos a solicitar el archivo del expediente, por cuanto consideramos que el actuar previo que permitió esa supresión, sólo se dio luego de grandes esfuerzos y una orden de Prodhab, que hubieran sido innecesarios si se hubiera actuado desde un principio en apego a la ley por parte de la empresa.
¿Cómo plantear denuncias ante la Prodhab?
La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes tiene a disposición de los ciudadanos documentos machotes para que puedan hacer valer sus derechos en materia de autodeterminación informativa.
Por ejemplo, si necesita solicitar a alguna entidad el acceso a los datos personales que de usted tienen almacenados, puede utilizar este formulario avalado por la Prodhab, mientras que si lo que necesita es que esa entidad corrija o elimine por completo sus datos personales de bases de datos debe emplear este documento.
Si sus solicitudes fueron rechazadas puede interponer la denuncia ante la Prodhab empleando este formulario y aportando documento de identificación al momento de presentar la denuncia, la prueba que se considere pertinente para demostrar los hechos denunciados, tantas copias de la denuncia y sus pruebas como partes denunciadas hayan en el procedimiento, y dirección física exacta de la o las partes denunciadas. Los documentos deben entregarse en las oficinas de la Agencia, en San Pedro de Montes de Oca, Alameda, avenida 7 y calle 49, edificio Da Vinci.