Este 10 de setiembre inicia la aplicación del salario global en el sector público, a cargo de Mideplán.

El Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplán) publicó este domingo las tablas de salarios globales que deben empezar a aplicar las instituciones públicas que están bajo la rectoría de esa institución.

Los salarios empezaron a regir este 10 de setiembre, tras haberse cumplido los seis meses de plazo adicional que se habían fijado y durante los cuales se aplicó un salario global transitorio.

Dato D+: Los puestos públicos bajo la rectoría del Mideplán incluyen todos aquellos que no fueron declarados exclusivos y excluyentes por los otros Poderes del Esatado y por las instituciones autónomas y descentralizadas con autonomía constitucional.

Las escalas publicadas el día de hoy presentan un ajuste al alza para la mayoría de puestos, en comparación con el salario global transitorio publicado en marzo anterior.

Por ejemplo y en el caso de los cuerpos policiales, para un agente de Fuerza Pública I (el más bajo en la escala del Ministerio de Seguridad Pública), el salario transitorio era de 477.915 colones al mes; mientras que en la escala definitiva ese salario quedó en 748.988 colones, lo que representa un aumento de 271 mil colones (+56%) a los cuales, en el caso de que sean puestos que requieran disponibilidad o desarraigo, el salario tendría un incremento adicional de 82 mil y 54 mil colones, respectivamente.

En el caso de los puestos de confianza de los ministerios y la Presidencia de la República, en algunos casos el salario final se quedó igual al transitorio, mientras que otros tuvieron ajustes de hasta el 40%, dependiendo del cargo.

Adicionalmente, según definió Mideplán, para todos los puestos del sector público se mantiene un 8,3% correspondiente a salario escolar que será devengado durante el mes de enero, pero sobre el cuál no se paga impuesto sobre la renta y no estará incluido en el monto que reflejan las escalas de salario global.

Para las instituciones descentralizadas que declararon sus puestos exclusivos y excluyentes para sus funciones y que por lo tanto no quedaron bajo la rectoría de Mideplán, el Poder Ejecutivo autorizó una prórroga del plazo establecido por el Reglamento de la Ley Marco de Empleo Público.

Según se indicó en el Decreto 44.199 MIDEPLAN "esa prorroga será definida por el MIDEPLAN siempre y cuando las entidades autónomas cumplan con los requisitos establecidos y el Ministerio otorgue su aprobación".

La lista completa de salarios globales de Mideplán se divide en ocho categorías:

  1. Personas servidoras públicas bajo el ámbito de aplicación del título I y del título IV del Estatuto de Servicio Civil, así como a las que se desempeñan en las instituciones señaladas en el artículo 2 de la ley, que no estén incluidas en las restantes familias de puestos.
  2. Personas servidoras públicas que se desempeñan en funciones en ciencias de la salud.
  3. Personas servidoras públicas que se desempeñan en funciones policiales.
  4. Personas docentes contempladas en el Estatuto del Servicio Civil, del título II y el título IV.
  5. Personas docentes y académicas de la educación técnica.
  6. Personas servidoras públicas que se desempeñan en funciones del servicio exterior.
  7. Personas servidoras públicas que se desempeñan en cargos de confianza.

Las tablas de salarios globales por cada categoría se pueden encontrar en el sitio web que habilitó Mideplán.