Juzgado Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias inició labores el pasado 1° de julio.

El Poder Judicial informó en un comunicado de prensa sobre la sentencia de fondo dictada el 6 de setiembre por el Juzgado Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias y en la que se utilizó por primera vez el levantamiento del velo societario en el área de pensiones alimenticias.

Dato D+: El levantamiento del velo societario consiste en la posibilidad de los juzgados de determinar la participación en personas jurídicas de las personas físicas.

Según señalaron desde el Poder Judicial “esta es la primera sentencia de fondo dictada por este despacho sobre este tema desde su conformación y tiene como característica particular que el levantamiento del velo societario se realiza específicamente para el tema de pensiones alimentarias, asunto que requiere un abordaje particular”.

El Juzgado Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias, que inició a funcionar el pasado 1 de julio, ha venido resolviendo asuntos en un plazo de 6 días, lo cual desde el Poder Judicial señalaron es una mejora “en comparación con años anteriores se demoraba hasta 60 días o más”, y añadieron que para la resolución sobre apremios corporales, permisos para buscar trabajo, permisos para pagar en tractos y otros temas, los casos han sido atendidos con mayor prioridad “siendo que la respuesta judicial se genera en horas”.

Sobre la labor de este nuevo Juzgado y el levantamiento del velo societario en esta materia la jueza Maureen Solís Madrigal señaló:

Este proceso articulado del Poder Judicial no es sencillo, pero sí necesario; va a permitir tener ciertas línea de trabajo en materia de alimentos que ha estado tan escasas durante décadas en nuestro país. Lo novedoso de esta sentencia es que, es la primera que se emite en materia de levantamiento del velo societario especifico en el área de alimentos, que  tiene un abordaje distinto al levantamiento del velo societario en materia de familia, es decir, con el fin de determinar o descartar la ganancialidad de algo en particular”.

Adicionalmente, la jurista destacó lo novedoso de este proceso “que busca impulsar un conocimiento más profundo de parte de la primera instancia de como se aborda el levantamiento del velo societario con finales alimentarios”.

Por su parte la jueza coordinadora, Patricia Gómez Méndez, destacó que “la concentración de la segunda instancia en un juzgado único, es un esfuerzo articulado del Poder Judicial para atender de manera más expedita los procesos alimentarios. Esto es un desafío y un camino claro para garantizar el acceso a la justicia de calidad y oportuna”.

Desde el Poder Judicial recordaron que el Juzgado Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias nació con la finalidad de especializar la atención de la segunda instancia en materia alimentaria en el Primer, Segundo y Tercer Circuito Judicial de San José “como mecanismo para que los Juzgados de Familia se dediquen de manera exclusiva a resolver los procesos de Familia y éste a resolver las pensiones alimentarias en segunda instancia”, y añadieron que en el futuro se irá ampliando su competencia, hasta alcanzar todo el territorio nacional.