Expediente 23.090 requerirá 38 votos para ser aprobado por incidir en organización y funcionamiento del Poder Judicial

La Corte Suprema de Justicia aprobó de forma unánime (con 19 presentes) un informe presentado por la magistrada Sandra Zúñiga Morales (Sala III), con relación al proyecto de ley 23.090 que reforma Ley contra la Delincuencia Organizada, y que según criterio del fiscal General de la República, Carlo Díaz Sánchez, debería ser ley de la república antes del 7 de junio de este año, para evitar afectación en el trámite de casos de delincuencia organizada.

El informe fue requerido por parte del Plenario Legislativo, en cumplimiento del artículo 167 constitucional, tras haber finalizado el día de ayer el trámite abreviado para conocer las más de 500 mociones de fondo que le había presentado la diputada Carolina Delgado Ramírez (PLN) con la intención de evitar la aprobación del proyecto de ley.

Dato D+: El artículo 167 de la Constitución Política señala que “para la discusión y aprobación de proyectos de ley que se refieran a la organización o funcionamiento del Poder Judicial, deberá la Asamblea Legislativa consultar a la Corte Suprema de Justicia; para apartarse del criterio de ésta, se requerirá el voto de las dos terceras partes del total de los miembros de la Asamblea”.

En este caso, si la Corte Plena concluyó que el expediente 23.090 sí incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, se manifestó a favor de los cambios que propone la iniciativa de ley, sin embargo, desde la Corte interpretaron que, por afectar la organización y funcionamiento del Poder Judicial el proyecto requeriría una aprobación por mayoría calificada (38 votos) en segundo debate.

La magistrada Zúñiga aclaró, en un video circulado a la prensa, que la Corte sí respalda la aprobación del texto y aseguró que "este proyecto se considera de interés institucional. Es importante para una implementación adecuada, de lo que será la nueva jurisdicción de delincuencia organizada"Adicionalmente, la magistrada especificó que el criterio de que el proyecto sí incide la organización y funcionamiento del Poder Judicial "no es incompatible con la pertinencia y necesidad del mismo".

Una vez la Asamblea Legislativa reciba el criterio oficial de la Corte puede proceder a realizar el primer debate y votación del proyecto.