La Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (CTP) acordó el 29 de marzo anterior cancelar la concesión de la Ruta 1507 San José-Nicoya por el Puente de la Amistad que ostenta la empresa Alfaro Limitada, misma que sufrió un accidente en la carretera a Cambronero el pasado mes de septiembre y con un saldo de nueve personas fallecidas y decenas de heridos producto de un deslizamiento.
Según un oficio fechado el 18 de abril por Rafael Herrera García, secretario de actas del CTP, los directivos aprobaron por mayoría las recomendaciones contenidas en el procedimiento administrativo seguido contra la empresa Alfaro Ltda. en la sesión del 29 de marzo anterior. El acta de dicha sesión no ha sido subida al sitio web de transparencia del CTP.
El acuerdo dispuso cancelar el permiso de la Ruta 1507 de la empresa Alfaro Limitada "por las faltas cometidas a sus obligaciones, al prestar el servicio de transporte público remunerado con unidades fuera de la flota autorizada, en detrimento del interés público y la prestación del servicio, además por no encontrarse al día con sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social".
La Junta ordenó iniciar el proceso de licitación de la Ruta 1507 y solicitar a la Dirección Técnica que realice el procedimiento administrativo a efectos de nombrar otro operador de esa ruta, mientras se realiza dicha licitación.
Mientras ello ocurre, la empresa debe continuar brindando conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo 34992-MOPT "Reglamento para el otorgamiento de permisos de operación en el servicio regular de transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos".
El conocido empresario autobusero Orlando Ramírez Biolley, nombrado en la actual administración, votó en contra del acuerdo de la junta alegando que tenía conocimiento "de parte del empresario que cuenta con las unidades a derecho en este momento, y adicional a eso, los atrasos con la seguridad social han sido subsanados en tiempo".
Ramírez agregó que "definitivamente no es fácil la situación financiera de las empresas, todavía no se han recuperado al 100%, el tema de las demandas, principalmente en rutas rurales y más, soy testigo del ataque y la persecución que han seguido contra esta ruta Alfaro, especialmente lo he visto en vídeos, lo he visto en publicaciones donde inclusive acusan a miembros de esta junta de protegerlos, con lo cual me es claro que no es así".
Agregó que "lamentablemente parece que en este momento está ganando, digamos, apoyándose en la legalidad, está ganando esta gente que bien ha buscado el objetivo de liquidar a una empresa, que ya perdió una gran parte y ahora se disminuye todavía, y parece que viene otro proceso, ahí aparte de desaparecer a un empresario, que quizás su pecado más grave es no saberse defender en esta parte, en la materia legal" (sic.).
Según indicaba el oficio firmado por Herrera García, Alfaro Ltda. podía apelar la resolución en el término de cinco días hábiles ante el CTP o ante el Tribunal Administrativo de Transporte.
Inspecciones evidenciaron faltas
El 15 y 16 de diciembre dos funcionarios del Consejo de Transporte Público realizaron un "fijo" a la Empresa Alfaro de 6:30 a.m. a 12:00 p.m. en el que constataron que la empresa estaba dando el servicio con tres unidades no inscritas, placas GB-2086, GB-2084 y GB-1948, todas del año 2008, en contravención de los artículos 13 y 16 de la Ley 3503 y del artículo 25 de la Ley 7600.
"En razón de lo anterior, este órgano director tiene por demostrada la falta cometida por la empresa Alfaro Limitada en la prestación del servicio de la ruta No. 1507, al brindar el servicio con unidades que no están autorizadas por parte del Consejo de Transporte Público, ello en contra del interés público y la debida prestación del servicio, en una clara afectación a los usuarios", indica el documento en poder de Delfino.cr firmado por Bryan Jiménez Aguero, asesor legal; y Laura Sánchez Navarro, directora interina de Asuntos Jurídicos.
Además, según constató el CTP vía página web de la Caja Costarricense del Seguro Social el 16 de diciembre del 2022, la empresa Alfaro Limitada se encontraba morosa con sus obligaciones, en cobro administrativo por un monto de 23.051.651 colones, "situación que se mantiene, según se ha verificado mediante según consta en el estudio realizado vía página Web de la Caja Costarricense del Seguro Social, en fecha 7 de marzo del 2023, registrando una deuda de 2.954.612 colones ante dicha institución".
El informe señaló que es obligación de los concesionarios y permisionarios del servicio de transporte remunerado de personas el encontrase al día en todo momento con sus obligaciones con dicha institución, de conformidad con lo estipulado en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, el cual establece que es obligación del CTP verificar el cumplimiento del pago de las cuotas obrero patronales de los concesionarios, tanto de taxis como de rutas regulares y permisionarios que brindan permisos especiales o rutas regulares.
Así las cosas, ha quedado acreditado para este órgano director, las faltas cometidas por la empresa ALFARO LIMITADA Limitada, en la prestación del servicio de la ruta no. 1507, consta prueba abundante dentro del procediendo que así lo demuestran, incluso, estas faltas no han sido negadas ni siquiera por la empresa investigada, que no presentó prueba de descargo ni atendió la audiencia conferida.
Apelaron
En un comunicado de prensa enviado horas después de que se publicara noticiosamente la cancelación de la ruta, Alfaro Ltda. envió un comunicado de prensa confirmando haber sido notificados del acuerdo del CTP.
"Dentro del plazo conferido, Empresa Alfaro, interpuso los recursos administrativos pertinentes ante la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público y las acciones legales correspondientes ante el Poder Judicial, mismas que aun no han sido resueltas", dijo la empresa.
Según ellos, entre sus alegatos se encuentran que sí están al día con el pago de cargas sociales; y que han tramitado mes a mes los permisos de legitimación de flota adicional de refuerzo del servicio, "porque la flota con que nos ordenan operar es insuficiente; gestión que debemos tramitar de manera recurrente, a pesar de que, desde el año 2019, solicitamos la corrección del esquema operativo, sin que a la fecha nos hayan dado ninguna respuesta".
Asimismo afirmaron que lo cursado responde a "una lamentable omisión por parte del CTP" de información y recursos administrativos que estuvieron en poder de dicha autoridad, y que, a la fecha, no han sido analizados como corresponde, situación por la cual, "el acto que como trofeo de guerra exponen algunos sectores muy interesados en la ruta, aun no esta en firme, porque el procedimiento no ha finalizado".
Empresa Alfaro cuestionó además una supuesta diferencia de tratamiento señalando que la empresa operadora "vecina" de la ruta de Santa Cruz y Tamarindo solo fueron amonestados por escrito "razón por la que consideramos que no se nos esté dando el mismo trato favorable que a otros empresarios con los mismos problemas e incluso en el mismo sector".
La empresa descartó que la cancelación de la ruta tenga fundamento en el accidente ocurrido en Cambronero, al recordar que la unidad accidentada cubría la ruta de Bolsón (1501) y no la de Nicoya (1507).
"Ante los daños que este tipo de decisiones, pueden causar a todas las familias de nuestros trabajadores, y el patrimonio empresarial y familiar, no escatimaremos esfuerzos legales para que se dé una solución justa y tenemos fe, que los señores miembros de la actual Junta Directiva del CTP, así lo consideren, una vez sea atendido y resuelto el recurso planteado para tal fin", agregaron.