Tribunal ordenó a la UCR abrir “inmediatamente” un proceso administrativo en contra de los responsables de eliminar grabaciones.

A inicios de enero el periodista Sergio Zúñiga Ruiz presentó un recurso de amparo (expediente 23-000810-007-CO) denunciando que los funcionarios José Luis Arce Sanabria, director de la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva (ECCC UCR) y Yanet Martinez Toledo, entonces directora del Centro de Investigación en Comunicación (CICOM), se negaron a brindarle acceso a información pública contenida en las grabaciones de las sesiones del Consejo Científico del CICOM de la Universidad de Costa Rica. La eliminación de estos archivos fue confesada a la Sala por los directores de estas dos unidades académicas, especialistas en el estudio de la libertad de expresión y prensa.

Tras estudiar el reclamo, la Sala Constitucional de Costa Rica constató “la lesión a los derechos fundamentales de la parte tutelada en cuanto a la denegatoria de la UCR de entregarle las grabaciones de las sesiones bajo estudio. Ello por cuanto, al momento en que el accionante requirió el acceso de las grabaciones de tales sesiones -12 de agosto de 2022- no se verifica que se haya cumplido el plazo de un año a partir de la aprobación de las respectivas actas y, por ende, que se haya cumplido el requisito temporal previsto en la UCR para la eliminación de las grabaciones de las sesiones de los órganos colegiados universitarios”, según lo dicta la Resolución N° 2023004968, emitida el pasado viernes 3 de marzo de 2023.

En la resolución, la Sala también la recordó al centro de estudios que su autonomía no le da potestad de borrar grabaciones sin cumplir con el debido proceso y le ordenó inmediatamente buscar a las personas responsables y procesar su sanción en 2 meses.