Los miembros de la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa la emprendieron contra la diputada liberacionista, Carolina Delgado Ramírez, por haber presentado una gran cantidad de mociones a varios proyectos de ley en agenda de ese foro legislativo, que versan sobre el crimen organizado.
Para entender lo ocurrido este jueves hay que irnos dos Congresos atrás:
En el año 2017 la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 9481, que creó la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica. Sin embargo, a la fecha esa jurisdicción no se encuentra todavía en funcionamiento, y el trámite legislativo que se le dio a los transitorios para postergar su entrada en vigencia ha generado una discusión sobre la validez de la prueba utilizada en los grandes casos de corrupción, y en específico en el trámite de los casos Cochinilla y Diamante.
Los abogados defensores de las empresas cuestionadas por corrupción reclamaron ante el Juzgado Penal de Hacienda una actividad procesal defectuosa; en concreto, que las intervenciones telefónicas que estaban siendo utilizadas como prueba no eran evidencia admisible ya que la Ley 9481 había derogado partes de la Ley contra la Delincuencia Organizada (Ley 8754) que regulan cómo se solicitan y tramitan las intervenciones telefónicas.
Dato D+: La Ley 9481 incluía en su artículo 19 la derogatoria de los artículos 2, 3 y 6, a excepción del inciso d), y los artículos 7 y 9 de la Ley N.° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada.
En específico, la defensa de las empresas argumentó que el artículo 2 derogado de la Ley 8754, es el que establece cómo se solicita que hechos investigados sean calificados como delincuencia organizada, y por lo tanto las intervenciones telefónicas que se realizaron gracias a esa declaratoria fueron mal recabadas.
El Juzgado Penal de Hacienda resolvió esa argumentación de la defensa señalando que, ciertamente, hubo una derogatoria de algunos artículos de la Ley 8754, pero que la ausencia de estos no invalidaba el procedimiento utilizado para la prueba recabada, ya que eso formaba parte de otros artículos que sí están vigentes.
El error legislativo estuvo en aprobar un transitorio para posponer la entrada en vigencia de la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica (9481), luego de que esta ya se encontrara vigente y, por lo tanto, las derogatorias de varios artículos ya habían sido consumadas.
La Ley 9481 fue aprobada en 2017 con un rige de 12 meses después de su publicación, sin embargo, debido a que esta requería la asignación de recursos económicos para ser implementada se le presentaron dos modificaciones que extendieron su entrada en vigencia.
La fecha original de entrada en vigencia de la Ley 9481 era el 13 de octubre del 2018 (doce meses después de su publicación en La Gaceta).
Sin embargo, en marzo del 2018 el Gobierno de Luis Guillermo Solís Rivera presentó el proyecto de ley 20.745 que extendía por doce meses más la entrada en vigencia de la Ley 9481 (hasta el 13 de octubre del 2019). Ese proyecto de ley fue aprobado en segundo debate el 6 de junio del 2018 y publicado en La Gaceta el 14 de setiembre de ese año.
El 22 de agosto del 2019 Gustavo Viales Villegas (con la firma de Otto Roberto Vargas Víquez, Jorge Luis Fonseca Fonseca, Roberto Thompson Chacón y Enrique Sánchez Carballo) presentó el proyecto 21.559 que modificaba varios aspectos de la Ley 9481, incluyendo un transitorio para que su entrada en vigencia fuera, no una fecha fija, sino 18 meses después de que la Asamblea Legislativa le asignara al Poder Judicial el contenido presupuestario requerido.
El 8 de octubre del 2019 el Plenario Legislativo aprobó dispensar de trámites el proyecto 21.559, y se aprobó en primer debate el 14 de octubre del 2019, cuando ya la Ley 9481 había entrado en vigencia el día anterior y, por lo tanto, habían quedado derogados los artículos en cuestión.
Ese proyecto sería aprobado en segundo debate el 17 de octubre y entró en vigencia tras su publicación el La Gaceta del 30 de octubre del 2019, 17 días después de que los artículos habían sido derogados y sin que esa ley (u otra posterior) los restituyera.
Desde entonces, la validez de las intervenciones telefónicas hechas al amparo de la Ley de Crimen Organizado ha sido puesta en duda, y los tribunales penales han emitido resoluciones contradictorias, al tiempo que la Sala Constitucional ha rechazado entrar a analizar lo ocurrido.
Tras esa incertidumbre nacional, la diputada Carolina Delgado del PLN planteó junto a congresistas de su bancada, de la Unidad Social Cristiana, de Nueva República y del Liberal Progresista el expediente 23.208 que reconoce el error legislativo cometido y repone el articulado derogado para que no haya más dudas sobre la legalidad de las intervenciones telefónicas hechas al amparo de declaratorias de existencia de crimen organizado.
Ese proyecto fue delegado a estudio de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, donde la subcomisión que lo estudió recomendó rechazarlo alegando que de aprobarse, se reconocería el error cometido y por ende se afectaría la validez de las pruebas recabadas en casos como Diamante y Cochinilla.
Ante ese señalamiento, los integrantes del foro legislativo se disponían este jueves a votar negativamente y archivar el expediente, sin embargo, el día antes, en horas de la noche, la diputada Delgado remitió a través de sus asesores una gran cantidad de mociones a varios proyectos para impedir que la iniciativa fuera conocida, votada por el fondo y eventualmente rechazada.
Según la presidenta de la Comisión, Gloria Navas Montero de Nueva República, y el secretario Gilbert Jiménez Siles de Liberación Nacional, Delgado junto a su compañero de bancada Danny Vargas Serrano presentaron 103 mociones (55 mociones de fondo, 43 mociones de revisión, 2 mociones de audiencia y 2 mociones de consulta) al expediente 22.866 que amplía las penas por delitos de corrupción, y que está antes del expediente 23.208 de Delgado.
Luego, presentaron 36 mociones (16 de fondo, 16 de revisión, 2 de audiencia y 2 de consulta) al expediente 22.869 que permite la suspensión de salarios de funcionarios públicos que cometen delitos de corrupción, y que también está antes del expediente 23.208 de Delgado.
También plantearon, según el directorio de la comisión, 22 mociones (9 de fondo, 9 de revisión, 2 de audiencia y 2 de consulta) al expediente 22.837 que busca robustecer la plataforma tecnológica de la Superintendencia de Entidades Financieras (SUGEF), la cual contiene información de la política “Conozca a su Cliente”, y que también está antes de la propuesta de Delgado.
Mientras tanto, al expediente de la liberacionista le presentaron 170 mociones (85 mociones de fondo y 85 de revisión).
Finalmente, al expediente 23.090 propuesto por el Poder Judicial para solventar el error legislativo con la Ley de Crimen Organizado, y realizar otras enmiendas a la ley de la jurisdicción sobre ese tema, y que sí es apoyado por el resto de la Comisión de Seguridad, le presentaron 254 mociones (166 de fondo y 88 de revisión), insistiendo de nuevo Navas y Jiménez de que "en su gran mayoría" eran de los congresistas Delgado y Vargas.
En total, todos los expedientes listados acumulan 755 mociones. La estrategia consiste en no permitir que los proyectos previos al de Delgado sean dictaminados y se llegue hasta el de la liberacionista para votarlo negativamente, y luego pasar a votar afirmativo el planteado por el Poder Judicial.
Ello no es del todo rígido, pues la comisión puede aprobar mociones de posposición o de alteración del orden del día para conocer el expediente que deseen, como efectivamente lo hicieron este jueves al considerar que existía consenso para entrar a tramitar el proyecto de Delgado y rechazarlo.
Sin embargo, surgió controversia por la presentación de mociones de la liberacionista pues ella está incapacitada hasta el mes de abril, por lo que los miembros de la comisión pusieron en duda la legalidad de esas mociones.
Gloria Navas, como presidenta de la Comisión, consultó a Servicios Técnicos si ella tenía la potestad de declarar inadmisibles las mociones, a lo que la respuesta que le dieron fue que sí; sin embargo, posteriormente la funcionaria advirtió que no admitir mociones de una diputada, por el mero hecho de estar incapacitada, podría constituir una violación a sus derechos y recordó que una sentencia en ese sentido ya había sido emitida anteriormente por la Sala Constitucional.
Aunque las mociones fueron calificadas como "mayoritariamente basura" por Gilbert Jiménez, y las representaciones de Liberación en la comisión indicaron que no estaban de acuerdo con el accionar de Delgado, Gloria Navas pidió criterio escrito a Servicios Técnicos sobre si la incapacidad de Delgado le impedía presentar esas mociones, de modo que la sesión se levantó sin que se conocieran los expedientes.
En un comunicado de prensa publicado en Facebook, Delgado reprochó los señalamientos y acusaciones que se le hicieron en la Comisión de Seguridad al recordar que no tuvo potestad de defensa al encontrarse incapacitada.
La congresista afirmó que el proyecto del Poder Judicial que la comisión quiere aprobar (23.090) determina el procedimiento con el que opera la jurisdicción de delincuencia organizada, pero que no se puede crear ese procedimiento cuando la norma que crea la jurisdicción fue derogada por una ley anterior.
Eso es lo que yo, como diputada, he insistido en que se debe corregir primero. La intención del Poder Judicial con ese proyecto es hacer incluso retroactiva la aplicación de lo que establece el Código Penal, lo que es a todas luces inconstitucional. Los casos de crimen organizado que han trascendido en estos últimos años, la Corte bien pudo tramitarlos a través de otro procedimiento llamado “tramitación compleja” pero el Poder Judicial no lo ha hecho para no reconocer justamente el error en que han incurrido. Ante esto, mi responsabilidad ante la ciudadanía es advertir de estos riesgos legales y que desde la Asamblea Legislativa hagamos lo correcto. Pero lo que hemos visto en la Comisión de Seguridad y Narcotráfico en el trámite de estas iniciativas raya en lo bochornoso e inhumano.
Delgado cuestionó que se use su incapacidad para mancillar su honor, por el simple hecho de no estar de acuerdo con la "manera irregular que se quiere determinar en esta Comisión", tramitando el expediente 23.090
Asimismo, afirmó que las mociones que presentó, las dejó firmadas desde antes de su incapacidad, y que fueron presentadas por los asesores de su despacho, "lo cual es absolutamente válido y procedente".
A pesar de esto, en mi ausencia, se ha señalado principalmente por diputados del Frente Amplio y en algunos medios de comunicación, que la intención detrás del proyecto que propuse es afectar investigaciones judiciales como Diamante y Cochinilla. ¡Estos argumentos son falaces y politiqueros y peor aún, se hacen sin que yo tenga la posibilidad al menos de ejercer mi defensa ante la barbaridad de esas declaraciones! Esto se desvirtúa completamente en el voto n. 205-2022 sobre el caso Cochinilla, donde se establece que las acciones emprendidas desde mi despacho para el restablecimiento del artículo derogado en la Ley de Delincuencia Organizada, no afectan el proceso.
Delgado hizo un llamado a detener al Poder Judicial y su atribución de funciones que le competen al Congreso, que solicite recursos y que quiera contratar jueces, cuando la norma para crear la jurisdicción de crimen organizado está derogada.
Por más que lo quieran, los magistrados y magistradas no están en posición de restablecer una norma que legalmente está derogada. La Corte Suprema de Justicia no está facultada para crear o interpretar leyes, aunque esa haya sido su intención. Eso es una competencia exclusiva del Poder Legislativo. Es sumamente preocupante para la institucionalidad del país que se quiera seguir insistiendo en ello, y más aún, cuando desde el Poder Judicial se ha hecho una presión al respecto ante las y los diputados.
Finalmente, la diputada alertó de que el Estado podría ser demandado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos si se insiste en seguir en la vía que pretende la Comisión de Seguridad.
Breves
— Con 46 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.288 "Declaración de las Bandas de Concierto de Heredia, Alajuela, Cartago, Guanacaste, San José, Puntarenas, Limón, la Dirección General de Bandas y las Bandas Municipales como Instituciones Beneméritas de la Música y la Cultura Costarricense".
— Con 39 votos a favor y 0 en contra se aprobó en primer debate el expediente 23.214 "Reforma parcial del Artículo 16 de la Ley 5525 “Ley de Planificación Nacional” del 2 de mayo de 1975". Establece que para todo proyecto de ley que implique la creación, fusión o supresión de los órganos o entes menores de la Administración, la Asamblea Legislativa deberá consultar al Ministerio de Planificación y Política Económica, a fin de que rinda criterio técnico y jurídico del proyecto de ley de que se trate. El criterio técnico y jurídico que rinda el Ministerio no será vinculante.





