Por Alina Miranda Sandí - Estudiante de la carrera de Derecho
Recientemente en el país el tema de la protección y privacidad de datos ha dado mucho sobre qué hablar. Se discute sobre los mecanismos empleados para la protección de estos datos y la verdadera eficacia de dichos mecanismos. Esto debido a que, a pesar de que se cuenta con una ley especializada en la materia (Ley 8968), esta muchas veces no se aplica de la mejor manera; por lo cual se piensa en otras acciones que se puedan implementar para así resguardar y proteger de la manera más eficiente el derecho a la autodeterminación informativa y la manera más eficaz de aplicar la ley antes mencionada.
La Ley 8968 de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Asamblea Legislativa, 2011) vela por el cuidado de los datos personales que se encuentren en bases de datos automatizadas o manuales de organismos públicos o privados de todas las personas, resguardando así sus derechos fundamentales como el derecho a la autodeterminación informativa. Sin embargo, esta ley no se cumple o no se sustenta de la mejor manera en muchos casos, por lo cual se cree que es esencial una reforma de esta; a la vez con esta reforma se puede fortalecer la Agencia de Protección de datos de los Habitantes (Prodhab). (Asamblea Legislativa, 2021).
La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab), según lo estipulado en la ley 8968, es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de esta ley protegiendo los datos de personas físicas, jurídicas privadas, así como entes y órganos públicos. Debido a incidentes relacionados al caso UPAD en el país, se ha conversado acerca de las acciones que ha llevado a cabo Prodhab respecto a este tema, ya que muchos han tachado este órgano de “omiso” en el cumplimiento de sus funciones. Prodhab asegura que respecto a este tema y todos los que le conciernen siempre se encuentra apegada a lo estipulado en la ley 8968; sin embargo, de la misma manera, la directora de Prodhab Elizabeth Mora, aseguró que frente al caso UPAD “Prodhab no podría haber intervenido una base cuya existencia desconocía.” (El País CR, 2020). Debido a situaciones como estas resulta claro que el reforzamiento a la Ley 8968 es esencial para asegurar que tanto la ley como Prodhab ejerzan sus funciones de la mejor manera siempre velando por el bien de las personas a las cuales protege.
Se ha discutido ampliamente acerca de una reforma a esta ley debido a que, aunque esta se decretó en el año 2011, ya se venía discutiendo y creando desde inicios de los 2000, lo cual hace que esta se encuentre muy atrasada en todos los avances que ha tenido la tecnología en las últimas décadas. Existe un proyecto de ley creado para reformar la ley 8968, el proyecto de ley 22.388, que estipula que esta ley “carece de varios conceptos actuales, lo que le da un alcance relativamente limitado para tutelar correctamente los derechos de la ciudadanía en la era de la información y las nuevas tecnologías de recolección y procesamiento de datos” (Sánchez, 2021), por lo cual estimula necesario llevar a cabo esta reforma
Hacer realidad este proyecto de ley es una necesidad para resguardar y proteger los derechos fundamentales de las personas, y con ello cerciorarse de que se les esté dando el manejo correcto a los datos y que no se esté dando un abuso de esta información. En su momento, la creación de la ley 8968 fue un gran avance para Costa Rica; sin embargo, nos hemos estado quedando atrás, y es hora de reformarla para seguir creciendo como país.