El Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública condenó este martes al dos veces diputado y cinco veces candidato presidencial, Otto Guevara Guth, a dos años de cárcel e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Guevara, de 62 años, fue declarado culpable en sentencia apelable de cuatro delitos de falsedad en declaración jurada, sancionados cada uno con seis meses de prisión, pero por las reglas del concurso material la pena se redujo a un año y seis meses de prisión.
La pena de inhabilitación se extenderá por el mismo plazo de la condena penal. Además, Guevara fue condenado a pagar 10 millones de colones por concepto de acción civil resarcitoria.
Por tratarse de una condena de baja duración, Guevara recibió el beneficio de ejecución condicional de la pena, por lo que no pondrá pie en una prisión.
Dato D+: Cuando una persona comete más de un delito en diferentes momentos se da lo que se conoce como un concurso material. Se sanciona sumando las penas que corresponde a cada delito, sin que esta suma pueda superar el triple de la pena mayor impuesta. En ningún caso la pena podrá superar los 50 años en caso de adultos.
Por este caso Guevara ya había sido condenado a 3 años de cárcel y 6 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, sin embargo, tras una apelación de su defensa el Tribunal de Apelación de Sentencia ordenó realizar un nuevo juicio.
La defensa del exdiputado, a cargo del abogado Federico Campos, adelantó que recurrirán la sentencia nuevamente.
La acusación
Hace dos años, la Unidad Especializada de la Fiscalía General de la República acusó al exdiputado Otto Guevara Guth, tras contar con prueba para demostrar que suministró datos falsos en su declaración jurada anual durante el período 2014-2018.
En las pesquisas, realizadas de manera conjunta con el Organismo de Investigación Judicial, se determinó que Guevara omitió declarar su participación como director y dueño del capital accionario de una sociedad en las Islas Vírgenes Británicas, pese a que desde el 1 de mayo del 2014, cuando asumió como diputado, estaba obligado a presentar una declaración jurada de la totalidad de su patrimonio, tanto al comienzo de sus funciones como una anual ante la Contraloría General de la República.
Esa obligación está señalada en los numerales 21-36 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley 8422).
En las cuatro declaraciones presentadas cada mes de mayo por Guevara ante la Contraloría, no se declaró la existencia de esa empresa. Por ese motivo, la Fiscalía acusó al exdiputado de 4 delitos de falsedad en declaración jurada.
Además, por tratarse de un delito cometido en el ejercicio de su cargo, la Procuraduría General de la República (PGR) fue comunicada del requerimiento Fiscal y decidió constituirse como actor civil, al presentar una acción civil resarcitoria. Con esta última, buscaba cobrar un monto económico por concepto de daño social a favor del Estado costarricense.