La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como la Sala IV, condenó al Estado luego que la ministra de Salud, Joselyn Chacón Madrigal, emitiera un oficio dirigido a los funcionarios de la institución, indicándoles que no podían hablar o dar declaraciones a la prensa sin tener previa autorización de su despacho.

Por unanimidad, la Sala determinó en la sentencia 2022-023075 del pasado 30 de septiembre anular parcialmente el oficio MS-DM-6218-2022 del 22 de julio de 2022 emitido por Chacón, con el visto bueno de la jefa del Área de Prensa del Ministerio de Salud, Natalia Chaves.

En ese oficio, Chacón ordenaba a todo el funcionariado del Ministerio no dar declaraciones o información a la prensa, "sin antes contar con la aprobación respectiva, la cual se canalizará desde la Unidad de Comunicación al Despacho de la ministra".

Según se lee en la parte dispositiva de la sentencia, el recurso de amparo, planteado por el diario CRHoy.com, fue declarado parcialmente con lugar. La argumentación por el fondo de la Sala aún no se conoce, pues el fallo íntegro está en redacción:

Se declara parcialmente con lugar el recurso. En consecuencia, se anula parcialmente el oficio N°MS-DM-6218-2022 del 22 de julio de 2022, en cuanto a la prohibición en brindar declaraciones o información sin antes contar con la aprobación respectiva de los jerarcas del Ministerio de Salud. Se mantiene incólume dicho oficio, en cuanto a la gestión de consultas mediante un correo institucional (vocería institucional). Se advierte a las autoridades recurridas que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Los magistrados Cruz Castro y Rueda Leal dan razones diferentes. Notifíquese.-

Otro amparo contra el mismo oficio, tramitado bajo el expediente 22-017027-0007-CO, sigue pendiente de resolución.