El Ejecutivo señaló que la propuesta de ley generaría un conflicto de intereses entre los nuevos y actuales concesionarios

El Poder Ejecutivo anunció el día de hoy el veto parcial al Decreto Legislativo 10.311, Ley de Sostenibilidad del Depósito Libre de Golfito que reformaba la Ley 9356, Ley Orgánica de la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas (Judesur), y que fue aprobado en segundo debate el pasado 8 de setiembre con 41 votos a favor y 0 en contra.

Dato D+: Luego de que un proyecto de ley es aprobado en segundo debate y antes de ser firmado por el Poder Ejecutivo para convertirse en ley de la república, se convierte transitoriamente en un Decreto Legislativo.

La propuesta de ley establecía que los locales del Depósito Libre Comercial de Golfito que estén morosos con Judesur serían desalojados en un término de 60 días, luego de que esta iniciativa se convirtiera en Ley de la República. Establecía, además, que los contratos de concesión de todos los locales que estuvieran vigentes y en ejecución a la entrada en vigencia de esta ley, se prorrogarían adicionalmente por el plazo de tres años a partir del día 6 de mayo de 2024, de forma automática, y otorgada únicamente a quienes estuvieran al día con sus obligaciones con Judesur, así como las demás obligaciones establecidas por Ley.

Según informaron desde Casa Presidencial, el inconveniente que presenta el decreto-ley es el hecho de que no se previó que las licitaciones que ya habían iniciado adquieran firmeza, mientras al mismo tiempo se prorrogan los contratos de los concesionarios actuales hasta el 6 de mayo del 2027; lo que genera un conflicto de intereses entre los nuevos y actuales concesionarios.

Adicionalmente, se señaló que se generaría “un perjuicio grave a los futuros concesionarios que fueron seleccionados bajo las reglas del concurso público amparados al principio constitucional regulado en el artículo 182 de la Constitución Política, así como el principio de libre competencia consagrado en el artículo 46 de la Constitución Política, ya que no podrán entrar a tomar posesión de los locales si éstos se encuentran ocupados por los concesionarios anteriores, que se amparan en la prórroga que otorga el Decreto Legislativo N°10.311”.

Casa Presidencial presentó una propuesta de nueva redacción para el transitorio XI, que deberá ser conocido por la Asamblea Legislativa, sin embargo, no especificaron si el veto corresponde a uno por oportunidad y conveniencia o si se trata de un veto de constitucionalidad.

En caso de un veto de oportunidad y conveniencia, la Asamblea Legislativa deberá conocer la propuesta del Ejecutivo y puede votar por aceptarla, para lo cual se requiere mayoría simple o resellar el proyecto en su versión original, para lo cual requiere 38 votos.

En caso de tratarse de un veto por razones de constitucionalidad, el veto deberá ser enviado a consulta a la Sala Constitucional antes de que pueda ser conocido por el Plenario Legislativo para aprobar la modificación propuesta o votar un eventual resello.

El diputado de la Unidad Social Cristiana, Carlos Andrés Robles, recordó que el texto aprobado había sido construido con un acuerdo unánime del Congreso y que tenía como fin dar seguridad jurídica a los concesionarios.

Hoy el gobierno nos sorprende con este veto. El Ejecutivo tiene la responsabilidad, hoy más que nunca, de acercarse a los afectados y dar solución a la inseguridad jurídica que genera, además de garantizar el buen funcionamiento del Depósito Libre.