El Ministerio de Hacienda anunció una prórroga para que las Sociedades Inactivas en el país presenten su Declaración de Impuesto sobre la Renta de los períodos 2020 y 2021. La nueva fecha de presentación ahora será el 15 de noviembre del 2022, inclusive. Antes de esta prórroga, estos obligados debían realizar la presentación el 16 de agosto.

La Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Sociedades Inactivas se realiza solamente de forma electrónica mediante el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV). Además, en caso de que un contribuyente no tenga acceso a la plataforma, puede presentarse a los quioscos de la Administración Tributaria y realizar la presentación desde allí, o buscar un asesor con especialidad en impuestos.

La prórroga se da, explicaron las autoridades en la resolución DGT-R-21-2022, para garantizar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, y en atención a inquietudes externadas por las personas contribuyentes acerca de la declaración de esta obligación.

Al respecto, desde Baker Tilly Costa Rica empresa especializada en temas de contabilidad, impuestos y legales, auditoría, finanzas, y consultoría, explicaron que las Sociedades Inactivas son aquellas que no hayan registrado actividades lucrativas durante los periodos 2020 ó 2021, y su razón de existir corresponde a ser la tenedora de fincas, edificios, otros inmuebles; o bienes muebles, por ejemplo, vehículos. El socio director, Alberto Porras, indicó:

Inicialmente, las autoridades habían establecido un plazo inicial para que las Sociedades Inactivas presentarán su Declaración de Renta. No obstante, esa fecha se había traslado dando un plazo adicional para que se realizará la presentación. Posteriormente, se dio todo el tema del hackeo a los sistemas del Ministerio de Hacienda, por lo que se volvió a suspender la presentación. Se había dicho que el plazo sería el 16 de agosto de este año; sin embargo, las autoridades tributarias vuelven a prorrogar el plazo de presentación”. 

Añadió que, si las Sociedades Inactivas no presentan sus declaraciones antes de la nueva fecha establecida, se expondrán a una sanción administrativa que va desde los 46.220 colones hasta los 231.100 colones.

El experto comentó que, como es la primera vez en que se realizará la Declaración del Impuesto sobre la Renta, las Sociedades Inactivas deberán presentar las declaraciones de dos años en forma continua. Es decir, las de los años 2020 y 2021. Para la declaración correspondiente al periodo 2022, deberán presentarla, a más tardar, el 15 de marzo del 2023.

Porras detalló que la información que las Sociedades Inactivas deben presentar en la declaración es:

  • Activos (bienes inmuebles, bienes muebles, bancos, inversiones).
  • Pasivos (deudas bancarias, préstamos).
  • Patrimonio (capital social y aportes extraordinarios).

Además, enfatizó en que quienes son los que más problemas presentan son las personas propietarias de Sociedades Inactivas que son extranjeros no residentes en Costa Rica. Esto porque están registradas con su pasaporte y el sistema de ATV no permite el ingreso con el número de pasaporte, entonces se debe solicitar lo que se conoce como NITE para poder realizar el ingreso y presentar las declaraciones. Dicho trámite se realiza a través de la plataforma TRAVI y suele tardar, comentó Porras.