El Ministerio de Hacienda anunció este miércoles que, a partir de la primera quincena del mes de julio, no aplicará deducciones salariales en planilla a los funcionarios públicos registrados en el Sistema Integra, que reciban un salario líquido mensual menor a ¢214.230.

La medida, que beneficiará a unos 19 mil funcionarios, significa que no se aplicarán rebajos por embargos judiciales, créditos, cuotas de afiliación, entre otros, a los trabajadores que reciban un monto líquido por debajo del salario mínimo establecido, excepto los que correspondan a pensiones alimentarias.

Hacienda afirmó que esta medida tiene su fundamento en los artículos 172 y 174 del Código de Trabajo, por tanto, los ministerios de Hacienda y de Trabajo deben acatarla.

“La protección a la inembargabilidad del salario mínimo, tiene por objeto procurar el bienestar y la existencia digna, comprendidos en el artículo 57 de la Constitución Política y en el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo”, dijo Marta Esquivel Rodríguez, ministra de Trabajo y Seguridad Social.

Por su parte, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, manifestó que para aplicar este procedimiento en la fecha prevista, la Tesorería Nacional atendió los requerimientos técnicos necesarios para la parametrización de las planillas remitidas por las instituciones.

El monto sobre el que no se podrán realizar deducciones, será definido y actualizado por medio del decreto de salarios mínimos publicado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y se aplicará sobre el salario más bajo incluido en este decreto.