Como si fuera la peor versión del Viejo Oeste norteamericano, la zona de Crucitas es un problema —ya viejo— pero que urge una solución pronta en varios aspectos: ambiental, legal, económico, político y sobre todo humano.

Hace 12 años una sentencia judicial anuló la concesión de explotación minera a cielo abierto, concedida a la empresa canadiense Infinito Gold; la compañía se fue y esas tierras quedaron a merced de los buscadores de oro.

Para agravar la situación la Asamblea Legislativa reformó el Código de Minería —que tiene 40 años— y aprobó la Ley Crucitas (Ley 8904) que prohibió la minería a cielo abierto, en todo el país.

Comenzó así una etapa oscura para el ambiente en Costa Rica, porque a vista y paciencia de todos los gobiernos anteriores, entraron a Crucitas de dos mil a tres mil coligalleros por día, para saquear el oro de todos los costarricenses.

Estos invasores  usaron mercurio y cianuro —dos sustancias muy tóxicas— para extraer el preciado metal, y contaminaron la tierra, el agua, causaron daños ambientales severos y un drama social en esa comunidad.

Ante la inacción y omisión del anterior gobierno, la Sala Constitucional emitió una sentencia en la cual ordenó —en un plazo de tres meses— la redacción de un Plan de Contención para contener la avalancha de oreros ilegales a la zona de Crucitas.

También, la Sala solicitó —en 18 meses— un Plan de Remediación, con los estudios técnicos del caso,  para limpiar de contaminantes el área y reparar el daño causado.

Debido al silencio de la administración de Carlos Alvarado, la Sala dio tres días al presidente Rodrigo Chaves para responder; y la reacción del mandatario fue ir —casi de inmediato— a Crucitas y valorar la situación “in situ”.

Tras el viaje, para ver la magnitud del problema; conversar con los ciudadanos y tener elementos de juicio, el presidente Chaves decidió esperar el fallo del arbitraje planteado por Infinito Gold, en noviembre, y decidir ¿Qué se hará?

En esa fecha solo se resolverá si es justa o no la indemnización que exige Infinito Gold al estado, por la anulación de la concesión; ese fallo no incidirá —en nada— al problema de fondo: la reparación del daño ambiental.

Vale agregar a lo anterior que —desde el 2016— Costa Rica ratificó, mediante la Ley 9391, el Convenio Internacional de Minamata sobre el Mercurio, el cual obliga a eliminar el uso de ese elemento en el país, sin que se haya cumplido.

¿Qué pasará con Crucitas? Previo a que el gobierno pueda iniciar con la explotación del oro, los diputados deberán autorizar, mediante una ley, la minería a cielo abierto en la zona.

Esa reforma —dado que el Código de Minería vigente data de 1982— deberá de contemplar tres elementos esenciales.

El primero es el fortalecimiento eficaz de la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), que necesita más personal y equipo para una adecuada supervisión.

Otro factor sería establecer una normativa concerniente a los pasivos ambientales, que en este caso sería cómo iniciaría la limpieza del mercurio y cómo quedaría, al final, de todo el proceso de explotación del oro.

La Secretaría Técnica Ambiental (Setena) deberá establecer —de manera clara— los términos de referencia los términos de referencia para la realización del Estudio de Impacto Ambiental.

El último sería la socialización de los beneficios; es decir, la distribución justa de los ingresos generados, tanto para la comunidad como para el país, ya sea el pago de la deuda externa, a la seguridad social o en otras propuestas.

Fomentar el modelo actual de explotación del oro dejó un desastre ambiental por la contaminación, una sangría de divisas por la extracción y venta ilegal del oro, además del deterioro de las condiciones sociales y de vida en la zona.

Hay que legislar con base en los hechos; hasta el momento las soluciones han sido equivocadas y alejadas de la realidad; confiemos en que la actual administración y la Asamblea Legislativa decidan, al fin, el mejor futuro para Crucitas y el país.

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