El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinó ayer las agrupaciones partidarias que podrán optar por la contribución estatal (conocida como deuda política), así como el monto máximo en colones, de acuerdo con los resultados de las elecciones nacionales celebradas el pasado 6 de febrero.

Del total de partidos políticos participantes en dichos comicios (25 a escala nacional y 11 a escala provincial), solamente ocho (seis a escala nacional y dos a escala provincial) alcanzaron el derecho a optar por el aporte estatal.

Esos partidos, previa justificación y liquidación de gastos, se distribuirán ₡19.790 millones, disponibles para tales efectos, según el siguiente detalle:

Tras concluir el escrutinio de la primera ronda presidencial y de la elección para escoger diputados, el TSE determinó que se emitieron 3.590.494 votos válidos, por lo que los 19.790 millones deben dividirse entre esos sufragios, arrojando que cada uno de los ocho partidos podrá recibir 5512.03 colones por voto.

El Partido Liberación Nacional será el que más deuda política pueda recibir, al obtener 1.086.749 votos válidos, para 5990 millones de colones, seguido del Partido Progreso Social Democrático que al recibir 663.573 votos válidos podrá cobrar hasta 3657 millones de colones.

La tercera agrupación en monto es Nueva República, que obtuvo 520.707 votos válidos y podrá recibir hasta 2870 millones de colones; seguida del Partido Unidad Social Cristiana que con sus 496.708 votos válidos podrá recibir hasta 2737 millones de colones.

De quinto se ubica el Partido Liberal Progresista, que con sus 447.862 votos podrá percibir hasta 2468 millones de colones y el Frente Amplio, que al obtener 355.750 votos válidos podrá cobrar hasta 1960 millones de colones.

Los dos partidos provinciales que podrán cobrar deuda política son Recuperando Valores, que con 9059 votos podrá percibir hasta 49.9 millones de colones, y Unión Guanacasteca, que con sus 10.086 votos válidos tendrá derecho a no más de 55.59 millones de colones.

Para que estas agrupaciones puedan optar por la contribución estatal, debieron alcanzar al menos un 4% de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional o en la respectiva provincia (tratándose de partidos inscritos a esa escala), como también si eligieron al menos un diputado, según lo establece el artículo 96 de la Constitución Política.

¿Cómo se determina la deuda política?

El monto que le corresponde a cada partido con derecho a la contribución estatal se determina mediante dos pasos:

  1. La cifra total de la contribución estatal se divide entre el resultado de la suma de los votos válidos obtenidos por todos los partidos políticos con derecho a contribución, en la elección para Presidente y Vicepresidentes de la República y Diputados a la Asamblea Legislativa. De allí se obtiene el monto que corresponde reconocer por cada voto.
  2. Seguidamente, se multiplica esa cifra por el resultado de la suma de los votos válidos que obtuvo cada partido político, con derecho a la contribución estatal, con lo cual se determina la suma máxima a reconocer a cada partido.

Comprobación de los gastos

Para poder acceder a la contribución estatal, las ocho agrupaciones partidarias deberán liquidar y comprobar sus gastos; gestión que deberán hacer a más tardar el próximo 16 de junio (aunque los partidos Progreso Social Democrático y Liberación Nacional podrán gestionar ante el TSE la ampliación de ese plazo).

Las agrupaciones tendrán que presentar la documentación de respaldo (comprobantes, facturas, contratos y toda la documentación original que resulte pertinente) para justificar los gastos realizados entre el 6 de octubre de 2021 (convocatoria a elección) y los 45 días naturales después de celebrada la elección, es decir, el 23 de marzo del año en curso.

En el caso de los dos partidos políticos que disputaron la segunda ronda electoral, podrán incluir las erogaciones incurridas a más tardar el 18 de mayo.

El TSE revisará la documentación y dictará una resolución final para determinar si procede o no el reembolso y en qué tanto le corresponde.